Con el objetivo de contener la propagación de la Covid19, autoridades locales decidieron mantener hasta el próximo 6 de junio la restricción a la circulación de vehículos y el límite de aforos permitidos en los establecimientos comerciales.
También se mantiene la prohibición de la circulación de todo tipo de vehículos particulares, en el horario comprendido de las 21:00 horas a las 5:00 horas del día siguiente.
Con el objetivo de contener el avance de la pandemia de la Covid19, las autoridades locales decidieron extender el toque de queda desde el 24 de mayo hasta el 6 de junio, en un horario comprendido entre las 22 horas y las 5 horas del día siguiente.
El sistema financiero, supermercados y comercios en general, la atención a la población no deberá superar el 50% de la capacidad en sus instalaciones, para tal efecto la Policía Nacional, la Policía Municipal y otros entes de seguridad, velarán por el cumplimiento de esta medida, informó el Gobierno.
Con el objetivo de contener el avance de la pandemia, durante lo que resta del mes de mayo se reducirán aforos y se aplicarán restricciones a la circulación de vehículos, medidas que aplicarán en todo el territorio nacional.
Por medio de una conferencia de prensa el Gobierno costarricense anunció que a partir del 13 de mayo se aplicarán medidas sanitarias, que estarán basadas en la modificación de algunas ya existentes.
Con la aplicación de las nuevas disposiciones, ahora los supermercados, tiendas de conveniencia, centros y plazas comerciales podrán realizar sus actividades hasta las 21 horas.
El 17 de abril de 2021 se emitió el Acuerdo Ministerial 87-2021, por medio del cual se impulsaron acciones dirigidas a interrumpir la cadena epidemiológica de la enfermedad Covid19, que consistían en imponer múltiples restricciones a las actividades productivas, como lo eran reducir al 25% el aforo de los supermercados y las tiendas de conveniencia, y limitar sus horarios de atención, entre otras más.
Con el objetivo de mitigar los efectos de la pandemia las autoridades locales decidieron que del lunes 3 hasta el domingo 9 de mayo, los locales que operen en los cantones de la Región Central y que no estén clasificados como esenciales, deberán cerrar su atención al público.
Estos establecimientos podrán operar bajo la modalidad no presencial de público por medio del servicio a domicilio o de autoservicio.
Con el objetivo de mitigar los efectos de la pandemia que provocó el brote de Covid19, a partir del 27 de abril y hasta el 16 de mayo, habrá restricción al tránsito de vehículos desde las 21 horas hasta las 5 horas del día siguiente.
Ante la velocidad en el incremento de contagios y la ocupación hospitalaria, algunos de los datos epidemiológicos más severos desde el inicio de la pandemia, las autoridades sanitarias tomaron la decisión de variar el horario de restricción, detalla un comunicado oficial.
A partir del 19 de abril el toque de queda a nivel nacional será de las 12 de la noche a las 4 de la mañana del día siguiente, se permitirá la apertura de bares con terrazas al aire libre y la realización de actividades deportivas con público.
A partir del próximo lunes 19 de abril quedará permitido la asistencia de público a las actividades deportivas al aire libre con un aforo del 25% y sin venta de licor, informó el Ministerio de Salud.
Por motivo de la Semana Santa 2021, desde el 31 de marzo a las 12:00 horas hasta el 4 de abril, se restringirá en todo el territorio nacional la circulación del transporte de carga pesada.
La restricción no aplicará para unidades que transporten productos perecederos, combustible, bebidas y alimentos y grúas por ser un equipo de servicio, los cuales podrán circular y no necesitan permisos especiales.
Doce meses después de que en Centroamérica iniciara una crisis sanitaria y económica que fue provocada por el brote de covid19, Guatemala fue la economía que se recuperó con mayor rapidez y la actividad económica panameña es la que más tarda en regresar a niveles previos a la pandemia.
En marzo de 2020 en los países de la región se comenzaron a detectar los primeros casos de covid19.
Luego que el gobierno costarricense anunciara que evalúan la opción de levantar a partir de marzo la medida sanitaria que restringe la libre circulación vehicular los fines de semana, la gremial del sector comercial considera que esto sería de gran alivio para la economía.
La noche del domingo el gobierno informó que se analiza la eliminación de la restricción del tránsito vehicular que se aplica los fines de semana.
Argumentando que el número de casos de covid19 bajó en los últimos días, las autoridades decidieron que partir del 5 de febrero de 2021 los supermercados, tiendas de conveniencia, tiendas de barrio, centros y plazas comerciales, podrán operar de forma regular.
Según el Acuerdo Ministerial 08-2021 del Ministerio de Salud Pública, desde el 26 de enero los centros y plazas comerciales, supermercados, tiendas de conveniencia y tiendas de barrio, podían desarrollar sus actividades hasta las 19:00 horas.
En Guatemala los restaurantes podrán operar de forma regular, pues las autoridades decidieron eliminar las restricción que obligaba a estos establecimientos a cerrar a las 21 horas, medida que se había impuesto con el objetivo de mitigar el brote de covid19.
Con el objetivo de mitigar la propagación del covid19, a partir del 26 de enero los centros y plazas comerciales, supermercados, tiendas de conveniencia y tiendas de barrio, podrán desarrollar sus actividades hasta las 19:00 horas.
En la edición del 26 de enero del Diario de Centroamérica fue publicado el Acuerdo Ministerial 08-2021 del Ministerio de Salud Pública, en el que se detallan las restricciones impuestas, que tienen como objetivo mitigar la escalada del número de casos de covid19.
A causa de las restricciones que han sido decretadas en República Dominicana por el brote de covid19, los restaurantes han reducido sus ventas considerablemente y los empresarios piden que se modifique el toque de queda para reactivar el sector.
De acuerdo al decreto firmado por el presidente Luis Abinader, que tiene vigencia del 11 al 26 de enero, el toque de queda para los días comprendidos de lunes a viernes es de las 17:00 horas a las 5:00 horas del día siguiente.
A raíz de las restricciones a la movilidad y la prohibición de la venta de bebidas alcohólicas, que se decretaron en 2020 para mitigar el brote de covid19, se estima que en el mercado guatemalteco el contrabando de licores desde México se incrementó considerablemente.
De acuerdo al informe Prohibiciones, alcohol ilícito y lecciones que aprender del encierro por el covid-19, elaborado por la Alianza Transnacional para Combatir el Comercio Ilícito (Tracit), la ley seca impuesta por largos períodos potenció el alza de las ventas de bebidas alcohólicas de contrabando.
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