En Panamá se aprobó un proyecto de ley que crea un régimen especial del Impuesto sobre la Renta, que se aplicará de forma retroactiva a las empresas que perciben ingresos menores a los $500 mil.
En tercer debate se aprobó el proyecto de Ley 358, que reforma el Código Fis al aplicable a las Micro, Pequeña y Mediana Empresas, (MIPYMES), empresarios y emprendedores, informó la Asamblea.
Todo contribuyente moroso hasta el 29 de febrero de 2020 y que se acoja a un arreglo de pago hasta el 31 diciembre de 2020, abonando el 25% o más del convenio, tendrá tiempo para completar el pago de sus tributos ante el Estado hasta el 31 de diciembre de 2021.
Con la publicación del Decreto Ejecutivo 512 del 23 de septiembre de 2020 en la Gaceta Oficial, la ampliación de la vigencia de la amnistía se hizo oficial.
En este escenario de crisis económica, caída de la recaudación fiscal y necesidad de financiar programas de reactivación, en Guatemala y Costa Rica ya se propone aumentar los impuestos actuales y crear nuevos.
Las autoridades guatemaltecas ya comienzan a discutir la política fiscal que aplicarán en 2021, año en que la economía deberá afrontar los efectos de la crisis económica que ha generado el brote de covid19.
Durante el primer semestre de 2020 los ingresos corrientes del Gobierno Central ascendieron a $2.231 millones, monto que es menor en 34% a lo reportado en igual período de 2019.
En los meses de enero y febrero del 2020, antes de los impactos adversos del covid19, la recaudación de los ingresos corrientes arrojaba resultados favorables de 11,7% por encima de los presupuestado, informó el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF).
El Concejo Municipal del Distrito de Panamá, aprobó la extensión de una prórroga hasta el 31 de julio para el pago de tributos, impuestos, tasas, contribuciones especiales, derechos y multas para personas jurídicas y naturales sin recargos ni intereses.
La propuesta fue presentada ante el pleno por el alcalde José Luis Fábrega, ante la proximidad del vencimiento de la moratoria descrita mediante Acuerdo No.76 de 24 de marzo de 2020, informó la Alcaldía de Panamá.
En Panamá fue publicado en La Gaceta el decreto que extiende hasta el 17 de julio de 2020, el plazo para la presentación de la Declaración Jurada de Rentas como el pago del Impuesto sobre la Renta, correspondiente al período fiscal 2019.
El gobierno informó que a través del Decreto Ejecutivo No.298 de 27 de mayo de 2020, concede un plazo de 120 días calendarios contados a partir de la fecha de promulgación de la Ley 134 de 20 de marzo de 2020 para el pago de tributos que se causen o deban pagarse durante dicho período y que sean competencia de la Dirección General de Ingresos (DGI) del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), sin que ello conlleve la generación y pago de intereses, recargos y multas.
Para darle la oportunidad a personas naturales y jurídicas de ponerse al día con esta obligación interrumpida por la pandemia, las autoridades extendieron hasta el 17 de julio el plazo para declarar el pago del Impuesto sobre la Renta.
El término para cancelar este compromiso con el Estado panameño venció el 31 de marzo de 2020, y se le añadió una prórroga hasta el 30 de mayo, dadas las circunstancias con las afectaciones del covid19, las dificultades que presentan muchas empresas y el tiempo que necesitan los contadores públicos para presentar dichas declaraciones, explicaron los representantes de la Dirección General de Ingresos (DGI).
Mientras dure el estado de emergencia sanitaria en el país, los contribuyentes que no puedan utilizar equipos fiscales y sistemas de facturación por encontrarse cerrados sus comercios u oficinas, serán exentos del uso de éstas herramientas.
A raíz de la propagación del covid19 la Dirección General de Ingresos (DGI) explicó que los negocios podrán dejar de usar los equipos fiscales y sistemas de facturación, sin embargo, estos contribuyentes tienen la obligación de documentar sus operaciones mediante reportes equivalentes como facturas manuales o pre-impresas, cumpliendo así con las formalidades establecidas por ley.
Extensión de los plazos para el pago de impuestos y la flexibilidad en la presentación de las declaraciones de renta de personas físicas y jurídicas, son algunas de las medidas que aplicarán las autoridades en el contexto de la crisis del covid19.
Sin detallar los nuevos plazos que serán exigidos a los contribuyentes, el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) informó que las medidas están contenidas en el Decreto Ejecutivo 252 del 24 de marzo.
A raíz de los efectos económicos que causará el brote de covid-19 en la Asamblea Nacional proponen la suspensión generalizada por tres meses del pago de tributos, servicios básicos y créditos bancarios, pero los empresarios opinan que no es conveniente generalizar las medidas.
En la Asamblea Nacional avanza el proyecto de Ley No. 390, que propone la suspensión de los pagos y cobros de impuestos, cuotas de seguridad social, préstamos hipotecarios, comerciales y agropecuarios.
La Asamblea Nacional de Panamá aprobó en segundo debate el proyecto de Ley que extiende el período de amnistía tributaria hasta el 30 de junio de 2020.
La iniciativa propone que se reconozca hasta el 85% de la totalidad de los intereses, recargas y multas si el pago se realiza posterior al 29 de febrero de 2020 hasta el 30 de junio del mismo año, a fin de que los contribuyentes procedan a realizar sus pagos o abonos correspondientes.
Ante la emergencia que deriva de la propagación del covid-19, presentaron ante la Asamblea un proyecto de ley que propone suspender por 90 días calendario el pago de tributos municipales y nacionales.
La iniciativa establece también la suspensión por 90 días el pago de luz eléctrica y agua potable, así como los préstamos hipotecarios y personales entre otros, informó la Asamblea Nacional.
La Asamblea Legislativa aprobó en segundo debate un proyecto de ley que tiene como objetivo gravar en el país la venta y autoconsumo de cemento importado o producido a nivel local.
La iniciativa que a mediados de febrero fue aprobada en primer debate en la Asamblea y que aún está pendiente del aval del Poder Ejecutivo, establece que elimpuestoserá sobre elcementoimportado y producido a nivel nacional, en bolsa o a granel, para venta o autoconsumo, de cualquier tipo, cuyo destino sea el consumo y comercialización del producto a nivel nacional.
El país centroamericano fue excluido de la lista que elabora Rusia de naciones que no intercambian información con fines fiscales, en la que figuraba desde 2016.
El anuncio de confirmación lo dio el vicecanciller ruso, Sergei Riabkov, durante la presentación de las credenciales del nuevo embajador de Panamá ante la Federación de Rusia, Efraín Villarreal, informó la Cancillería de panameña.
Hasta el 13 de enero de 2020 podrá presentarse en Panamá la Declaración Jurada de Liquidación del Impuesto Selectivo al Consumo de Bebidas Gaseosas, correspondiente al mes de noviembre de 2019.
La Ley 114 del 18 de noviembre de 2019, la cual entró en vigencia el 19 de noviembre de 2019, establece una nueva tarifa del Impuesto Selectivo al Consumo de Gaseosas, razón por la cual se modificó el sistema e-Tax 2.0. Por estos cambios, las autoridades decidieron extender el plazo para la presentación de esta declaración, correspondiente al período noviembre 2019.