A causa de una débil competencia en el mercado local, en Costa Rica los precios de los bienes y servicios de la canasta básica son significativamente más elevados que en los países vecinos.
Un informe de la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE), denominado "Estudio Económico sobre Costa Rica", concluye que en el país los consumidores pagan precios más altos por la leche, el arroz, los vehículos y los servicios de Internet.
Luego de que Maquila Lama denunciara a Laica por presionar a comercios a firmar contratos de exclusividad para la venta de azúcar, la gremial de cañeros decidió conciliar con las autoridades para terminar de forma anticipada el proceso.
El conflicto que fue elevado a instancias gubernamentales inició en agosto de 2016, cuando Maquila Lama denunció a la Liga Agrícola Industrial de la Caña (Laica), por presionar a comercios mayoristas del país, para que retiraran de sus góndolas el azúcar Mr. Máximo, el cual es distribuido por esta compañía.
En Costa Rica avanza un proyecto de ley que contempla eliminar las multas al primer integrante de un cártel que reconozca y denuncie ante las autoridades, que ha incurrido en prácticas monopolísticas.
Como parte de los proyectos de ley para el ingreso de Costa Rica a la OCDE, los diputados votaron en segundo debate el expediente Nº 21.303, Ley de fortalecimiento de las autoridades de competencia de Costa Rica, informó el pasado 29 de agosto la Asamblea Legislativa.
La falta de una ley de competencia en Guatemala podría exponer al país a recibir sanciones por parte de las autoridades europeas, pues es un requisito exigido en la normativa del Acuerdo de Asociación con la Unión Europea.
El Acuerdo de Asociación (AdA) exigía desde finales de 2016 que Guatemala debía tener una ley en la materia, ya que en 2019 se tendría que crear una autoridad centroamericana de competencia. Sin embargo, esta no puede operar, debido a la inexistencia de un marco jurídico.
Debido a que en Costa Rica la Sala Constitucional admitió una acción en la que se impugnan los artículos que reglamentan las fusiones y adquisiciones, han sido suspendidos temporalmente los procesos de aprobación de expedientes.
Autoridades informaron que desde el pasado 19 de marzo la Comisión para Promover la Competencia (Coprocom) se abstiene de aprobar o reprobar, procesos de empresas que pretenden adquirir otras o fusionarse en el país.
A contramano de una recomendación de la OCDE para reforzar la independencia y los recursos de trabajo de los entes que supervisan la competencia, el Ministerio de Economía estaría interviniendo en tareas propias de la Comisión.
El artículo en Crhoy.com reseña que "... Una reestructuración gestionada desde el despacho del ministro de Economía, Welmer Ramos, se tradujo la desintegración temporal de la Comisión para la Promover la Competencia (Coprocom) desde el 1° de julio pasado."
En Costa Rica el órgano rector de la competencia aceptó el compromiso de Essilor Internacional de no distorsionar el mercado a través del bloqueo de insumos o discriminación por precios, como condición para autorizar la compra del Grupo Visión.
Del comunicado de la Comisión para Promover la Competencia (Coprocom):
La Comisión para Promover la Competencia (COPROCOM), órgano adscrito al Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC), determinó que la transacción mediante la cual la empresa ESSILOR INTERNACIONAL adquirirá la participación mayoritaria en la empresa Brine Holding (propietaria de las empresas pertenecientes al GRUPO VISIÓN), podía generar como efecto anticompetitivo, el cierre del mercado a través del bloqueo de insumos, esto si la empresa Essilor dejara de suplir a sus actuales o potenciales clientes los productos o servicios brindados, a través de ILT de Costa Rica y Óptica Industrial S.A. (OPTISA).
La Comisión para Promover la Competencia sancionó por boicot vertical a 22 distribuidoras de automotores y a otros 5 proveedores del Estado por licitaciones colusorias.
Del comunicado de la Comisión para Promover la Competencia (COPROCOM):
COPROCOM SANCIONA A EMPRESAS POR BOICOT VERTICAL CONTRA EL INS - EXPEDIENTE N° 07-2009
La Comisión para Promover la Competencia (COPROCOM), mediante el Voto N 33-2013, sancionó a 22 empresas dedicadas a la importación y comercialización de vehículos nuevos y sus repuestos.
Hasta hace cuatro meses las fusiones y adquisiciones de empresas en Costa Rica se realizaban sin ningún control gubernamental.
Ahora, las operaciones de este tipo mayores a $15 millones deben estar autorizadas por la Comisión para Promover la Competencia (Coprocom), que en los cuatro primeros meses de vigencia de la ley, autorizó cuatro operaciones de fusión o compraventa de empresas
A partir del 5 de abril las fusiones y adquisiciones de empresas tendrán que ser previamente consultadas a la Comisión para Promover la Competencia, del Ministerio de Economía, Industria y Comercio.
A partir de esa fecha, la Comisión para Promover la Competencia, del Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC), tendrá la potestad de aprobar o denegar negocios, en caso de que estos lleguen a significar una concentración indebida de un sector empresarial. Las actividades que deben ser notificadas a esta Comisión son aquellas en que los activos de las compañías involucradas superen los $15 millones.
Está en consulta pública en Costa Rica el proyecto de reforma parcial del Reglamento a la Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor.
Del Boletín de Competencia No. 156, de la Comisión para Promover la Competencia (COPROCOM) de Costa Rica:
Debido a la insuficiencia normativa en Costa Rica para detener, contrarrestar y eliminar prácticas monopolísticas por parte de las cadenas de supermercados, lo que ha propiciado la explotación sin piedad de sus proveedores agrícolas e industriales, es que la Asamblea Legislativa aprobó la Ley Nº 9072, que reforma los artículos 9, 11, 12, 16, 22, 26, 27 y 28 de la Ley 7472.
Reforma de Ley
Reforma a la Ley de Promociòn de la Competencia Y Defensa Efectiva del Consumidor, LEY Nº7472
Debido a la insuficiencia normativa para detener, contrarrestar y eliminar prácticas monopolísticas del mercado nacional por parte de las cadenas de supermercados con motivo de su fuerte crecimiento, lo cual propiciado la explotación sin piedad de los proveedores agrícolas e industriales, es que la Asamblea Legislativa aprobó la Ley Nº 9072, mediante las reformas de los artículos 9, 11, 12, 16, 22, 26, 27 y 28.
La Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor recientemente aprobada tipifica nuevas prácticas monopólicas y cambia las reglas sobre grupos económicos.
Dos de los cambios más importantes son la ampliación del ámbito de acción de la ley, la que ahora incluye a los agentes del servicio público en los casos de concesiones y la introducción de una nueva práctica monopolística absoluta, el acuerdo entre competidores para 'rehusarse a comprar o a vender bienes o servicios'.
Para evitar multas posteriores a una fusión de empresas existe la posibilidad de solicitar previamente a la Comisión para Promover la Competencia el aval de la operación.
Del comunicado de la COPROCOM:
En Costa Rica, a diferencia de la mayor parte de países con mayor desarrollo en Derecho de Competencia, se establece un control posterior de las concentraciones, es decir, una vez que ha ocurrido la transacción. En contraste, la notificación previa de concentraciones es el mecanismo más utilizado para controlar las concentraciones por ser más efectivo como instrumento preventivo, por cuanto evita las dificultades que entraña desarticular una operación ya realizada.
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