Para la Federación Centroamericana del Arroz es inminente la quiebra de los más de 62 mil agricultores de arroz de Centroamérica y República Dominicana, esto debido a la eliminación de los aranceles de importación, medida que es parte de la aplicación del Tratado de Libre Comercio DR-CAFTA.
Representantes del sector consideran que de proseguir la liberación comercial del cultivo de arroz habrá aumento de desempleo y pobreza de sus zonas agrícolas, ya que más de 265 mil personas dependen directamente de este cultivo y aproximadamente 990 mil personas indirectamente, y prevén serias implicaciones sociales, económicas y políticas por efectos del Tratado.
En Panamá el Consejo de Gabinete aprobó extender por seis meses más, la vigencia del decreto que en el contexto de la pandemia brinda beneficios fiscales a la importación de insumos médicos y de higiene personal.
El objetivo de esta política es mantener asegurado para la población nacional el acceso a productos de higiene y protección personal a precios competitivos, además de la adquisición de suministros médicos necesarios para fortalecer y atender las necesidades médicas y sanitarias del sector salud en la lucha contra la pandemia que generó el brote de Covid19.
Lo que empezó como un bloqueo por parte de Panamá al ingreso de productos de origen animal provenientes de Costa Rica, se ha convertido en una propuesta formal para aplicar un arancel de importación a los lácteos costarricenses que se comercialicen en el mercado panameño.
En julio de este año Panamá informó al Servicio Nacional de Salud Animal (SENASA), dependencia del Ministerio de Agricultura y Ganadería de Costa Rica (MAG), sobre la decisión de no extender la habilitación para la exportación a una lista de establecimientos costarricenses previamente autorizados y que comercializan en el mercado panameño desde hace muchos años.
Argumentando que el grano es un producto sensible y como medida para proteger la producción nacional, en Panamá el Ministerio de Comercio e Industria presentará un proyecto de decreto para aumentar el arancel a las importaciones.
Según las autoridades del Ministerio de Comercio e Industria (MICI), la producción nacional ha disminuido un 28%, mientras que las importaciones crecieron de 500 toneladas en 2010 a 4.557 toneladas en 2019.
El Consejo de Gabinete aprobó la solicitud del Ministerio de Desarrollo Agropecuario, para establecer hasta el 31 de diciembre de 2020 un arancel de cero para el maíz destinado al consumo animal de aves, cerdos, puercos y ganado lechero.
Con el objetivo de favorecer a los compradores de alimentos para animales, el gobierno decidió reducir de forma temporal de 40% a 0%, el derecho arancelario para la importación de maíz amarillo.
Argumentando que el crecimiento inusual en las importaciones de azúcar está perjudicando la producción local, la administración Alvarado decidió elevar desde 45% a 73% el arancel al producto que ingrese a Costa Rica, por un plazo de 3 años.
El Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC), concluyó la investigación solicitada por la Liga Agrícola Industrial de la Caña de Azúcar (LAICA) y 4 ingenios, sobre la medida de Salvaguardia contra las importaciones de azúcar en estado sólido, granulado, conocido como azúcar blanco, utilizado para consumo doméstico e industrial, justificando un deterioro en los principales indicadores económicos de la Rama de Producción Nacional (RPN), detalla un comunicado oficial de fecha 15 de junio.
Con la aprobación de un decreto que declara la carne bovina y todos sus despojos comestibles como productos sensitivos, los importadores en el país no podrán optar por exoneraciones arancelarias.
El Consejo de Gabinete aprobó el decreto de gabinete No. 29 de 10 de diciembre de 2019, que declara como productos sensitivos para la economía nacional toda la carne bovina, sea fresca, refrigerada, congelada, salada, ahumada, o procesada, así como todos los despojos comestibles de bovino, ya sean frescos, refrigerados o congelados, informó el Ministerio de Desarrollo Agropecuario (MIDA).
El 5 de noviembre entró en vigencia el cobro de un arancel de 37,9% a las importaciones de prendas de vestir cuando su precio FOB declarado sea inferior o igual a $20, que afecta a los empresarios de Zona Libre de Colón, en Panamá.
ElDecreto Número 1416 del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo de Colombia, de fecha 6 de agosto de 2019 y que recién comenzó a regir, precisa en su Artículo 1 que se establece "... un arancel del treinta y siete punto nueve por ciento (37.9%) a las importaciones de productos clasificados en los capítulos 61 y 62 del Arancel de Aduanas Nacional, cuando el precio FOB declarado sea inferior o igual a 20 dólares de los Estados Unidos de América por kilogramo bruto."
El país sudamericano decidió imponer un arancel de 37,9% a las prendas de vestir cuando su precio FOB declarado sea inferior o igual a $20, afectando nuevamente a los empresarios de Zona Libre de Colón, en Panamá.
El Decreto Número 1416 del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo de Colombia, de fecha 6 de agosto de 2019, precisa en su Artículo 1 que se establece "... un arancel del treinta y siete punto nueve por ciento (37.9%) a las importaciones de productos clasificados en los capítulos 61 y 62 del Arancel de Aduanas Nacional, cuando el precio FOB declarado sea inferior o igual a 20 dólares de los Estados Unidos de América por kilogramo bruto."
Los exportadores de Guatemala reportan que la advertencia que hizo el presidente Trump sobre imponer aranceles a las exportaciones y gravámenes a las remesas y transferencias está generando dudas entre sus compradores en Estados Unidos.
Entre la mayor parte de los empresarios guatemaltecos predomina la incertidumbre, luego de que el presidente Trump reaccionara al amparo provisional que estableció la Corte de Constitucionalidad deGuatemala, que limita las funciones del Poder Ejecutivo para negociar o suscribir cualquier acuerdo en materia de política exterior.
El sector empresarial de Guatemala reaccionó con preocupación a la advertencia que hizo el presidente Trump sobre imponer aranceles a las exportaciones y gravámenes a las remesas y transferencias.
El anuncio hecho por el presidente de Estados Unidos surge luego de que la Corte de Constitucionalidad de Guatemala, emitiera un fallo en el que limita de sus funciones en materia de política exterior al Ejecutivo, al otorgar un amparo provisional que impide la negociación o suscripción de cualquier acuerdo.
La intención de imponer un arancel de 5% a los productos mexicanos que ingresen a EE.UU. abriría oportunidades para que los países centroamericanos aumenten sus ventas al país norteamericano, sin embargo, se teme que se tomen medidas similares contra la región.
El pasado 30 de mayo el presidente Trump anunció en su cuenta de Twitter que prevé imponer un arancel de 5% a los productos mexicanos que ingresen al mercado estadounidense, esto como presión para que México sea más efectivo en sus labores por contener la masiva llegada de centroamericanos al país.
Hasta el 31 de diciembre de 2019 se podrá importar maíz amarillo libre de arancel, y a partir del 1 de enero de 2020 se aplicará un derecho arancelario de 40%.
Para toma de la decisión, el gobierno argumentó en el decreto publicado en la Gaceta que "... la producción de carne, leche y huevos se produce, en su mayoría, a partir de alimentos balanceados a base de maíz, que representa un poco más del 65% del costo total de producción de las carnes, especialmente en la producción de pollos y cerdos."
Argumentando que se alcanzó la cuota de importación asignada para este año, Panamá aplicó una medida de salvaguardia especial sobre determinadas fracciones de productos de carne de cerdo originarias de EE.UU.
La medida aplica para la carne de cerdo en canal o media canal, pierna, paletas, y sus trozos sin deshuesar, jamones, y costilla de cerdo, por lo que ahora los importadores tendrán que pagar un arancel regular de entre 40% y el 70% para importar carne de cerdo desde el referido país norteamericano.
Panamá presentó un recurso de apelación contra el fallo de primera instancia, que concluyó que las medidas restrictivas de control aduanero adoptadas por Colombia no incumplen las normas de la OMC.
Del comunicado del Ministerio de Comercio e Industrias de Panamá:
20 de Noviembre de 2018. El Ministerio de Comercio e Industrias (MICI) en representación del Gobierno de Panamá presentó un recurso de apelación contra el fallo de primera instancia que concluyó que las medidas restrictivas de control aduanero adoptadas por Colombia no incumplen las normas de la Organización Mundial de Comercio (OMC). En este recurso Panamá reclama errores en la interpretación de las normas sobre restricciones a las importaciones y de valoración aduanera que fueron argumentadas en la solicitud de examen sobre cumplimiento de Colombia con los fallos a favor de Panamá.