Después de que Guatemala pagara lo que le adeudaba a Teco Energy, fue eliminado el embargo de $15,75 millones, recursos que el país había asignado para el pago de intereses de algunos tenedores de eurobonos.
Argumentando que del 2008 al 2013 la Comisión Nacional de Energía de Guatemala fijó un monto máximo que las compañías de distribución de electricidad podían cobrar al usuario, Teco Energy, empresa que fue accionista de la Empresa Eléctrica de Guatemala, demandó a nivel internacional al país.
Después de recibir un fallo en contra por el arbitraje internacional disputado con Teco Energy, la Suprema Corte del Estado de Nueva York ordenó el embargo de $15,75 millones a Guatemala.
Teco Energy es una empresa que fue accionista de la Empresa Eléctrica de Guatemala y años atrás reclamó un arbitraje internacional, argumentando que del 2008 al 2013 la Comisión Nacional de Energía fijó un monto máximo que las compañías de distribución de energía podían cobrar al usuario. Esta medida le ocasionó pérdidas a la distribuidora.
Luego de que se realizara un reclamo por la composición del basalto y la fórmula del hormigón utilizada en la construcción del tercer juego de esclusas que estuvo a cargo de GUPCSA, la Cámara Internacional de Comercio falló a favor del Canal de Panamá.
la Autoridad del Canal de Panamá (ACP) fue notificada de un Laudo parcial emitido dentro del arbitraje en el cual el Tribunal Arbitral determinó que la ACP tiene derecho a que GUPCSA, solidariamente con sus accionistas (excepto CUSA), le cancele la suma de $265 millones.
Empresarios costarricenses denuncian que debido a las subvenciones a la exportación otorgadas a los productores de azúcar en India, se ha generado un incremento artificial en la producción, haciendo que los precios caigan por debajo de los costos.
Édgar Herrera, director ejecutivo de la Liga Agrícola Industrial de la Caña de Azúcar (Laica), explicó a Elobservador.cr que "...
La Organización Mundial del Comercio creó un grupo especial para resolver una denuncia planteada por Guatemala, por supuestas subvenciones a la exportación otorgadas a productores de caña de azúcar en India.
Fue conformado el panel arbitral que conocerá la demanda en contra del Estado de Guatemala, que fue presentada por la suspensión de las operaciones de la mina El Tambor, ubicada en San José del Golfo y San Pedro Ayampuc.
Luego que la demanda de arbitraje fuera planteada por los estadounidenses Daniel W. Kappes, Kappes, Cassidy & Associates, ante el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias relativas a Inversiones (CIADI) el 11 de diciembre de 2018, el organismo anunció que fue conformado el panel.
Guatemala solicitó a la OMC revisar las medidas de ayuda interna y las supuestas subvenciones a la exportación otorgadas a los productores de caña de azúcar y azúcar, que se realizan en el país asiático.
Luis Miguel Paiz, gerente de Asociación de Azucareros de Guatemala (Asazgua), explicó a Prensalibre.com que "... Los productores guatemaltecos están preocupados por el impacto que tienen los subsidios que otorga India a la producción, transporte, almacenamiento y exportación de azúcar."
La OMC integró el panel de expertos que resolverá la denuncia de México contra Costa Rica, derivado de las barreras impuestas por las autoridades costarricenses a la importación del fruto.
El conflicto comercial surgió debido a las barreras que desde 2014 Costa Rica impone al ingreso de aguacate desde México. Dado que la disputa sigue sin resolverse, las autoridades del país norteamericano solicitaron el pasado 27 de noviembre a la Organización Mundial del Comercio (OMC) elevar el caso a un panel de arbitraje.
Representantes de la mina El Tambor, situada en San José del Golfo y San Pedro Ayampuc, interpusieron una demanda por $300 millones en contra del Estado de Guatemala.
La demanda de arbitraje fue planteada por los estadounidenses Daniel W. Kappes, Kappes, Cassidy & Associates, la cual fue registrada por el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias relativas a Inversiones (CIADI) el pasado 11 de diciembre.
GUPC, el consorcio que tuvo a cargo la ampliación del Canal, deberá devolver $848 millones en anticipos a la Autoridad del Canal de Panamá.
Del comunicado de la Autoridad del Canal de Panamá:
12 de diciembre de 2018. El contratista del Contrato de Diseño y Construcción del Tercer Juego de Esclusas del Programa de Ampliación del Canal de Panamá, Grupo Unidos por el Canal, S.A.
Panamá presentó un recurso de apelación contra el fallo de primera instancia, que concluyó que las medidas restrictivas de control aduanero adoptadas por Colombia no incumplen las normas de la OMC.
Del comunicado del Ministerio de Comercio e Industrias de Panamá:
20 de Noviembre de 2018. El Ministerio de Comercio e Industrias (MICI) en representación del Gobierno de Panamá presentó un recurso de apelación contra el fallo de primera instancia que concluyó que las medidas restrictivas de control aduanero adoptadas por Colombia no incumplen las normas de la Organización Mundial de Comercio (OMC). En este recurso Panamá reclama errores en la interpretación de las normas sobre restricciones a las importaciones y de valoración aduanera que fueron argumentadas en la solicitud de examen sobre cumplimiento de Colombia con los fallos a favor de Panamá.
La OMC sentenció que Colombia sí ha cumplido con una resolución que le obligaba a retirar aranceles y obstáculos a las importaciones de textiles, prendas de vestir y calzado desde la Zona Libre de Colón, en Panamá.
El conflicto se originó después de una denuncia hecha por Panamá luego de que Colombia le impusiera un arancel a los textiles y calzado proveniente de la Zona Libre de Colón. La disputa comenzó hace más de cinco años.
Un tribunal internacional falló a favor del gobierno de Costa Rica en un proceso legal en donde inversionistas estadounidenses denunciaron actuaciones arbitrarias en el desarrollo de un proyecto inmobiliario en playa Esterillos.
Del comunicado del Ministerio de Comercio Exterior:
San José. El 19 de septiembre de 2018, el Gobierno de Costa Rica fue notificado por el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI) de la decisión adoptada por el Tribunal Arbitral del caso David Richard Aven et al c. Costa Rica (conocido como “Las Olas”). Este arbitraje fue interpuesto por un grupo de inversionistas estadounidenses en el año 2014, al amparo del Tratado de Libre Comercio República Dominicana-Centroamérica -Estados Unidos (CAFTA-DR).
En Costa Rica la estatal eléctrica deberá pagar $112 millones al contratista del proyecto hidroeléctrico Chucás, por "gastos adicionales que le autorizó y luego se negó a reconocerle".
En el laudo emitido por el Centro Internacional de Conciliación y Arbitraje (CICA), al que recurrió la empresa Enel Green Power Costa Rica para resolver el conflicto que se originó en 2015 por el encarecimiento de casi $148 millones del proyecto hidroeléctrico Chucás, que aún no se ha terminado, se establece que el Instituto Costarricense de Electricidad (ICE) actuó con "mala fe contractual".
El consorcio GUPC, constructor del tercer juego de esclusas, deberá indemnizar a la Autoridad del Canal con $25 millones por los costos incurridos en el proceso de arbitraje.
Del comunicado de la Autoridad del Canal de Panamá:
El Tribunal Arbitral constituido de conformidad con el reglamento de arbitraje de la Cámara de Comercio Internacional (ICC, por su sigla en inglés) emitió su decisión final a favor de la Autoridad del Canal de Panamá (ACP) con respecto al reclamo sobre la ataguía temporal en la entrada del Pacífico. Grupo Unidos por el Canal, S.A. (GUPC) y sus accionistas presentaron reclamos por encima de B/.192.8 millones. GUPC también solicitó una extensión de tiempo. Todos los reclamos fueron desestimados.
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