Empresarios de Centroamérica y República Dominicana piden que no se ratifique el Convenio 190 de la OIT, argumentando que en los países ya existe normativa para regular acciones en materia de violencia y acoso en ambientes laborales.
Tres consejos para evitar que, cuando se llega a cargos de poder, el "veneno del pene" arruine su carrera.
En la novela clásica "Portnoy's Complaint", Phillip Roth escribe "Cuando el pene se eleva, el cerebro se entierra en el suelo", sentencia que explica el comportamiento de muchos hombres poderosos.
La lista de protagonistas de escándalos sexuales es larga (ver Sex, Lies and Stupidity), y seguramente seguirá extendiéndose. El "veneno del pene" es muy potente y ser inoculado conlleva graves consecuencias personales, para la familia, y por supuesto, también para las organizaciones.
A raíz de las recientes e importantes reformas a la Ley contra el Hostigamiento Sexual en el Empleo y la Docencia que serán exigibles a partir del próximo 12 de setiembre, es importante que los empleadores privados y públicos de todos los sectores de industria y comercio tomen conciencia de la importancia de la efectiva prevención y sanción del acoso sexual en los centros de trabajo, independientemente del tamaño de las empresas y el número de trabajadores.
Empleadores públicos y privados deben prestar atención a los cambios efectuados, especialmente cuando la redacción de algunos artículos puede generar dudas.
Lic. José Joaquín Acuña Solís
jacuna@bdsasesores.com
El pasado dos de junio, apareció publicado en el Diario Oficial de Costa Rica La Gaceta, la Ley Número 8805, normativa que vino a introducir una serie de reformas sustanciales a la Ley contra el Hostigamiento Sexual en el Empleo y la Docencia, modificaciones a las que tanto empleadores públicos como privados deben prestar atención, máxime las dudas que la redacción de algunos artículos puede generar.
En estos momentos creo que nadie cuestiona la importancia de que todas las empresas cuenten con una política clara contra el hostigamiento sexual, que permita informar a los y las trabajadoras sobre los derechos que les otorga la ley y sobre los procedimientos que deben seguirse para sancionar las acciones que puedan calificarse como de acoso u hostigamiento sexual.