Argumentando que no se cumplió con los principios básicos de contratación pública, en Panamá declararon inconstitucional el contrato entre el Estado y la sociedad Minera Petaquilla.
La disputa legal comenzó en 2009, cuando el Centro de Incidencia Ambiental (CIAM) interpuso un recurso de inconstitucionalidad en contra del contrato que otorga una concesión por veinte años para explotar y comercializar los yacimientos de oro, cobre y otros recursos minerales del Cerro Petaquilla.
Luego de la polémica generada por las declaraciones de la Procuradora General de la Nación, el sector empresarial panameño exige que se realice una investigación profunda, ya que aseguran que se avanza "peligrosamente hacia el agotamiento de todo principio de legalidad".
Del comunicado de la Cámara de Comercio, Industrias y Agricultura de Panamá (CCIAP):
La gremial de empresas privadas promueve una reforma que permita robustecer la administración de justicia y asegure la independencia de jueces y fiscales.
Del comunicado de la Cámara de Comercio, Industrias y Agricultura (CCIAP):
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
En los últimos días, la opinión pública se ha visto consternada por diferentes hechos presentados en torno a investigaciones que se adelantan por señalamientos de delitos contra la administración pública. Mucho se ha comentado sobre el otorgamiento de medidas cautelares potencialmente desproporcionadas y otras actuaciones cuestionadas, creando intranquilidad y desasosiego.
En Panamá un fallo constitucional impide tercerizar el cobro de impuestos a personas naturales y jurídicas privadas, derogando así un decreto presidencial.
La Corte Suprema de Justicia (CSJ) declaró inconstitucional el numeral 3 y párrafo subsiguiente del Decreto de Gabinete 109 del 7 de mayo de 1970 que permitía ejercer funciones públicas fiscales de cobro de impuestos a personas naturales y jurídicas privadas, y que tenía el objetivo de vigilar la recaudación de las rentas.
La capacidad de los Poderes Ejecutivos y Legislativos para conducir efectivamente la economía de sus países está seriamente disminuida por la acción descomedida de los Poderes Judiciales, en especial de las Cortes Constitucionales.
EDITORIAL
Ocurre en Centroamérica pero es un problema que crece en toda Latinoamérica. El legítimo afán de asegurar a todos los ciudadanos la plena vigencia de los derechos que otorga la bienvenida vigencia de la democracia liberal, ha generado una cultura de aceptación de prácticamente todo recurso que se interponga en tribunales contra acciones ejecutivas de gobierno, y también contra leyes formalmente bien aprobadas.
La licitación es para el suministro e implementación de una solución informática integral para el Sistema Penal Acusatorio.
La contratación además del suministro e implementación incluye la puesta en marcha de la etapa inicial en el segundo distrito judicial que comprende las provincias de Coclé y Veraguas.
La fecha prevista de recepción de las ofertas es el próximo 15 de febrero del 2011.
Los responsables de la implementación del nuevo Sistema Penal Acusatorio panameño presentaron el presupuesto necesario para su arranque en Coclé y Veraguas.
El artículo de Yureth Paredes en Laestrella.com.pa, señala que "Las subcomisiones de la Comisión de Coordinación Institucional para la Implementación del Sistema Penal Acusatorio (SPA) presentaron, durante una reunión de trabajo, el presupuesto total para iniciar esta nueva modalidad, que implica casi 52 millones de dólares."
Los números en cada país del istmo: Presupuesto, Gasto per cápita, Tasa de resolución de casos, Transparencia, Cantidad de jueces y juzgados, Percepción de independencia.
La capacidad de una sociedad para resolver los conflictos en forma pacífica, rápida e imparcial, es vital para su desarrollo. Por ello es que las sociedades modernas asignan primordial importancia a la existencia de un Poder Judicial fuerte y eficiente, más allá de la retórica y de la formalidad de la división de los poderes de gobierno.
En toda la región las leyes sobre arbitraje y resolución de conflictos reconocen y recogen el principio fundamental de la "asistencia judicial".
La Parte 2 del análisis de Álvaro Castellanos Howel en el artículo publicado en la sección Blogs de Eleconomista.net, insiste en el concepto de que los jueces del sistema jurisprudencial deben limitarse a ser asistentes en los procesos de arbitraje privados.
La región ya tiene normas para el arbitraje y otros métodos alternativos de resolución de conflictos, en armonía con los estándares internacionales en materia arbitral.
El análisis de Álvaro Castellanos Howel en el artículo publicado en la sección Blogs de Eleconomista.net, se centra en la necesidad de que el sistema judicial estatal comprenda el papel que le corresponde en la asistencia y colaboración con los sistemas de arbitraje y resolución de conflictos.
Según el Informe de Latinobarómetro, la percepción de la población de que sí es posible es de 31% en El Salvador, 33% en Costa Rica, en Nicaragua 34%, Honduras 35%, Panamá 41%, Guatemala 44%.
Según encuestas en toda Latinoamérica, es menos probable poder sobornar a un juez que a un policía. Un 54% de los venezolanos y argentinos dicen que es probable poder sobornar a un juez. En Paraguay es el 47%. Chile está último en la lista, con sólo un 18%.