Luego de que Maquila Lama denunciara a Laica por presionar a comercios a firmar contratos de exclusividad para la venta de azúcar, la gremial de cañeros decidió conciliar con las autoridades para terminar de forma anticipada el proceso.
El conflicto que fue elevado a instancias gubernamentales inició en agosto de 2016, cuando Maquila Lama denunció a la Liga Agrícola Industrial de la Caña (Laica), por presionar a comercios mayoristas del país, para que retiraran de sus góndolas el azúcar Mr. Máximo, el cual es distribuido por esta compañía.
En Costa Rica autorizaron la venta de la cadena de supermercados de Grupo Gessa, compuesta por 52 establecimientos, al Grupo Empresarial de Retail S.A.
El 12 de diciembre de 2019 se presentó el expediente para la venta de Grupo Empresarial de Supermercados S.A. (Gessa), propietario de las cadenas de tiendas de los formatos Peri, Súper Compro y Saretto, al Grupo Empresarial de Retail S.A. (Gersa), el cual pertenece la familia de origen chino de apellido Yan, propietaria del grupo Kimling Yan.
En Costa Rica las autoridades comenzarán a regular las tasas que forman parte de las comisiones, las cuales son cobradas cuando se realiza un pago electrónico.
Luego que el 27 de julio del 2018 el Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC), le solicitara a la Comisión para Promover la Competencia (COPROCOM), la investigación del mercado de tasas interbancarias, en el servicio de adquirencia de métodos electrónicos de pago, se emitió la Opinión Nº 16-2019, del 11 de junio de 2019.
Debido a que en Costa Rica la Sala Constitucional admitió una acción en la que se impugnan los artículos que reglamentan las fusiones y adquisiciones, han sido suspendidos temporalmente los procesos de aprobación de expedientes.
Autoridades informaron que desde el pasado 19 de marzo la Comisión para Promover la Competencia (Coprocom) se abstiene de aprobar o reprobar, procesos de empresas que pretenden adquirir otras o fusionarse en el país.
Siete años después de que Cofasa presentara una denuncia por prácticas monopólicas en contra de Fischel, en Costa Rica la Comisión para la Promoción de la Competencia resolvió imponerle a la cadena de farmacias una multa de casi $19 millones.
Representantes de la Comisión para la Promoción de la Competencia (Coprocom), informaron que la multa impuesta a Fischel es de carácter provisional, pues la resolución se encuentra en la fase de recursos de apelación, por lo cual no está en firme y no se pueden dar a conocer las cifras ni otros aspectos del fallo.
Se estima que la falta de competencia entre proveedores mayoristas y la excesiva regulación de los precios del combustible le generan a la sociedad costarricense un costo anual cercano a los $830 millones.
Según un estudio realizado en el marco de la adhesión de Costa Rica a la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), la excesiva regulación obstaculiza la competencia entre estaciones de servicio y no permite al consumidor aprovechar precios más bajos.
Ante el freno que puso la Comisión para la Promoción de la Competencia a la compra de Gessa por parte de Walmart, en Costa Rica ambas empresas presentaron por separado dos recursos que pretenden revocar el bloqueo de la transacción.
La semana pasada la Comisión para la Promoción de laCompetencia (Coprocom) le negó a Walmart la solicitud de compra del grupo de supermercados Gessa, y apenas días después, el 10 de diciembre, las dos empresas involucradas en la transacción presentaron dos recursos para revocar el fallo.
Walmart acordó en Costa Rica la compra de las cadenas de supermercados Perimercados, Súper Compro y la tienda Saretto, hasta ahora propiedad de Grupo Empresarial de Supermercados.
La Comisión para la Promoción de la Competencia se manifestó en contra de la fijación de precios del grano, el único bien en el país cuyo precio es establecido por decreto.
Aunque la Corporación Arrocera Nacional (Conarroz) sigue insistiendo en el efecto negativo que tendría liberar el precio del arroz, la Comisión para la Promoción de la Competencia (Coprocom) mantiene su postura en contra de la medida, argumentando que no ha servido para incrementar el volumen producido o mejorar la productividad del sector arrocero.
De concretarse la compra de la costarricense Punto Rojo por parte de Colgate Palmolive, el mercado quedaría dividido entre esa compañía y Unilever de Centroamérica.
Actualmente se encuentra en proceso la compra de Punto Rojo por parte de Colgate Palmolive.
Las autoridades de competencia tienden a permitir a las franquicias algunas conductas que normalmente podrían ser prohibidas.
De la edición N°151 del Boletín de Competencia de la Comisión para Promover la Competencia (COPROCOM) de Costa Rica:
CONTRATOS DE FRANQUICIA Y SU VALORACIÓN CONFORME A LA LEY N°7472. EXPEDIENTE OP-06-12.
El contrato de franquicia se basa en una relación de cooperación permanente por el cual una de las partes (llamada franquiciante, otorgante o franchisor), titular de un nombre comercial, de una marca, de diseños o emblemas con que identifica su empresa o negocio, otorga a la otra parte (llamada franquiciada, tomadora o franchisee) un conjunto de derechos que lo facultan para vender, distribuir o explotar comercialmente a su propio riesgo, en un lugar o territorio prestablecido, uno o varios productos y servicios, amparándose no solamente en la marca con la que el otorgante identifica sus productos, sino también en la imagen comercial y en los métodos operativos que utiliza.
La sanción impuesta por la Comisión para Promover la Competencia de Costa Rica quedó en firme al declarar la Sala Primera de la Corte Suprema, improcedente el último recurso de apelación interpuesto por la empresa.
La sanción por prácticas monopolísticas, que data de mayo de 2004, se dio debido a que la embotelladora, al parecer, realizó contratos de exclusividad con vendedores e impuso precios.
La exigencia de exclusividad total que impone el estatal Instituto Nacional de Seguros a las agencias que comercializan sus seguros, es un mecanismo anticompetitivo que dificulta la apertura del mercado.
En su blog "Mercado Seguro" en Elfinancierocr.com, el abogado y especialista en seguros Said Breedy, analiza el criterio emitido por Comisión para Promover la Competencia (COPROCOM) sobre la cláusula de exclusividad de las agencias en los contratos suscritos con el Instituto Nacional de Seguros (INS) desde el 2007.
La empresa Mabeca interpuso un recurso de inconstitucionalidad ante la Sala IV de Costa Rica, aduciendo desproporcionalidad en la multa de $2.3 millones que le fuera aplicada.
En agosto de 2011, la Comisión para Promover la Competencia, dependiente del Ministerio de Economía costarricense, determinó que tras la adquisición de Atlas Eléctrica por la mexicana Mabe en el año 2008, se produjo una 'concentración prohibida', de acuerdo con la ley de promoción de la competencia y defensa del consumidor, y aplicó una multa de $2.3 millones.
El Instituto Nacional de Seguros de Costa Rica es objeto de una investigación por rebajas en sus precios que constituirían infracciones a la Ley de Promoción de la Competencia.
El procedimiento abierto por la Comisión para Promover la Competencia (Coprocom), es el único presentado desde la apertura del mercado de seguros en el pasado año 2008.
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