En Costa Rica las normas obligan a todas las empresas con más de diez trabajadores, a implementar una Política de Salud Ocupacional, la cual debe ser autorizada y comunicada a todos los trabajadores de la organización.
Carmen Paniagua
cpaniagua@bdsasesores.com
28 de junio de 2010
La legislación laboral costarricense prevé varias regulaciones en materia de Salud Ocupacional para la protección de los trabajadores, en este sentido, ésta se cataloga de interés público y tiene como objetivo promover y mantener el más alto nivel de bienestar físico, mental y social del trabajador, así como prevenir todo daño causado a la salud por las condiciones de trabajo, lo anterior, con el fin de protegerlo contra riesgos del trabajo y mantenerlo realizando labores acorde a sus aptitudes físicas y psicológicas (Artículo 273 del Código de Trabajo).
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