En Nicaragua hay incertidumbre debido a que el gobierno revisa la reforma tributaria sin la participación de los empresarios, y porque en septiembre se podrían hacer ajustes al salario mínimo.
Semanas atrás se informó que cuando termine la revisión que realiza el gobierno de la reforma tributaria vigente en el país desde febrero, los empresarios consideran que no se hará ninguna rebaja en los impuestos, pese a que los costos de producción en el país se han elevado considerablemente.
En Costa Rica las modificaciones de los tramos para el impuesto al salario establece que las rentas de hasta $1.394 estarán libres del cobro del gravamen, y las que excedan de $1.394 y hasta $2.046, pagarán 10%.
El Ministerio de Hacienda publicó el pasado 25 de junio, en La Gaceta, los nuevos tramos del impuesto sobre la renta que se aplicarán sobre los salarios entre el 1.° de julio al 30 de setiembre del 2019.
Memorándum sobre salarios mínimos y calendario de pagos de obligaciones tributarias correspondientes a Diciembre 2016.
Del Memorándum Tributario de Tezó y Asociados:
El 30 de diciembre de 2016 el Ministerio de Trabajo y Previsión Social publicó en el Diario de Centro América el Acuerdo Gubernativo No. 288-2016, por medio del cual se fijan los nuevos salarios mínimos para las actividades agrícolas, no agrícolas y para la actividad exportadora y de maquila, con vigencia a partir del 1 de enero de 2017.
Memorándum sobre los nuevos salarios mínimos y el calendario de pagos de obligaciones correspondientes a Diciembre 2015.
Del memorándum fiscal de Tezó y Asociados:
El 30 de diciembre de 2015 el Ministerio de Trabajo y Previsión Social publicó en el Diario de Centro América el Acuerdo Gubernativo No. 303-2015, por medio del cual se fijan los nuevos salarios mínimos para las actividades agrícolas, no agrícolas y para la actividad exportadora y de maquila normada por el Decreto No. 29-89, con vigencia a partir del 1 de enero de 2016.
Buscando soluciones a la amenaza de insolvencia del régimen de pensiones, la Caja Costarricense de Seguro Social analiza incrementar desde 8,5% hasta 14% el aporte al fondo de Invalidez, Vejez y Muerte.
El artículo en Nacion.com reseña que "... El documento Valuación actuarial de largo plazo del IVM, aconsejó a la Junta Directiva de la Caja el cambio en la cotización para dar sostenibilidad por un periodo de cuatro décadas al principal régimen de pensiones del país."
El presidente del BID aconsejó a Costa Rica una reforma fiscal que aumente los impuestos argumentando que hoy la perinola indica "TODOS PONEN".
EDITORIAL
La utilización como ejemplo del viejo juego del trompo facetado del jerarca de la institución hemisférica, debió ser completada contando toda la historia: quien lanzó esta vez la perinola fue el Estado costarricense, el mismo participante del "juego" que en la jugada anterior fue beneficiado por la perinola que cuando cayó quedó mostrando el "TOMA TODO". Luis Alberto Moreno quiso decir que la grave crisis fiscal en que se encuentra el país implica que ahora TODOS debían contribuir a su solución. Eso significa aprobar más impuestos.
Por este concepto las tranferencias de los patrones privados y estatales al Instituto Nicaragüense de Seguridad Social aumentarán $26 millones.
Así lo anunció José Adán Aguerri, presidente del Consejo Superior de la Empresa Privada (Cosep). De esos $27 millones, $6 millones serán aportados por las empresas estatales y lo demás por las compañías privadas.
Para equilibrar las finanzas de la seguridad social el Gobierno de Nicaragua quiere aumentar de 16% a 19% la cuota patronal.
Bayardo Arce, asesor de asuntos económicos de la Presidencia, fue quien presentó el proyecto ante representantes del Consejo Superior de la Empresa Privada (Cosep).
“…el primer punto de la propuesta consiste en que el Gobierno se compromete a pagar un 2% anual de la deuda del Estado con el Inss, calculada entre $580 y $600 millones, es decir saldarla en un plazo de 50 años”, reseña el artículo de Prensa.com.
El aumento de 10% proyectado por el gobierno se sumará a la suba de impuestos y a los pagos por extorsión que les exigen las bandas criminales.
“…el Consejo Nacional de la Pequeña Empresa de El Salvador (Conapes), instó a los diputados de la Asamblea Legislativa a tomar en cuenta las dificultades financieras a las cuales se ha enfrentado el rubro en los últimos dos años”, reseña el artículo de Elsalvador.com.
Memorándum fiscal de Tezó y Asociados sobre Salarios Mínimos, y calendario de pagos de obligaciones correspondientes a Diciembre 2012.
Memorándum Tributario
Edición 01-13 Enero 2013
Salarios Mínimos
El 28 de diciembre de 2012 el Ministerio de Trabajo y Previsión Social publicó en el Diario de Centro América su Acuerdo Gubernativo No. 359-2012, por medio del cual se fijan los nuevos salarios mínimos para las actividades agrícolas, no agrícolas y para la actividad exportadora y de maquila normada por el Decreto No. 29-89, con vigencia a partir del 1 de enero de 2013.
Aunque las tasas del impuesto sobre la renta para asalariados disminuyeron, también lo hicieron deducciones y exoneraciones, por lo que al final el contribuyente pagará más que antes.
El artículo en Prensalibre.com reseña que "Las tasas que aún están en vigencia en el 2012 son de 15%, 20%, 25% y 31%, que se cobra hasta el 2012, y las nuevas tasas a partir del 2013 son de 5% y 7%."
Para el periodo fiscal 2013, los salarios brutos sujetos al pago del impuesto a la renta son los que superen los 714 mil colones mensuales ($1.434 al tipo de cambio de hoy).
Entre los ¢714.000 ($1.434) mensuales y ¢1.071.000 ($2.151) pagará un 10%. Si el monto supera ¢1.071.000 ($2.151), se tributará un 15% adicional sobre dicho exceso.
"El decreto también actualiza el crédito fiscal anual por hijo a ¢16.080 y, por el cónyuge, a ¢24.000.
Memo tributario con los salarios mínimos para las actividades agrícolas, no agrícolas y para la actividad exportadora y de maquila, y otros avisos de la Superintendencia de Administración Tributaria
Salario Mínimo
El 30 de diciembre de 2011 el Ministerio de Trabajo y Previsión Social publicó en el Diario de Centro América su Acuerdo Gubernativo No. 520-2011, por medio del cual se fijan los nuevos salarios mínimos para las actividades agrícolas, no agrícolas y para la actividad exportadora y de maquila normada por el Decreto No. 29-89, con vigencia a partir del 1 de enero de 2012.