Con la aplicación de las nuevas disposiciones, ahora los supermercados, tiendas de conveniencia, centros y plazas comerciales podrán realizar sus actividades hasta las 21 horas.
El 17 de abril de 2021 se emitió el Acuerdo Ministerial 87-2021, por medio del cual se impulsaron acciones dirigidas a interrumpir la cadena epidemiológica de la enfermedad Covid19, que consistían en imponer múltiples restricciones a las actividades productivas, como lo eran reducir al 25% el aforo de los supermercados y las tiendas de conveniencia, y limitar sus horarios de atención, entre otras más.
Argumentando que las medidas aplicadas por el gobierno perjudica directamente a empleados y dueños de restaurantes y bares, en Guatemala un grupo de empresarios interpuso un recurso de amparo en la Corte de Constitucionalidad.
Las restricciones a la actividad productiva ya se aplican desde días atrás, pues con el objetivo de impulsar acciones dirigidas a interrumpir la cadena epidemiológica de la enfermedad Covid19, el pasado 17 de abril fue publicado en el Diario de Centroamérica el Acuerdo Ministerial 87-2021, marco regulatorio que obliga a reducir al 25% el aforo en los centros comerciales, plazas comerciales, tiendas de conveniencia y restaurantes.
A raíz de las restricciones impuestas por el Gobierno guatemalteco, empresarios locales estiman que las ventas del sector comercial del fin de semana pasado cayeron hasta en 50% y la afluencia de clientes en restaurantes y centros comerciales disminuyó considerablemente.
Con el objetivo de impulsar acciones dirigidas a interrumpir la cadena epidemiológica de la enfermedad Covid19, el pasado 17 de abril fue publicado en el Diario de Centroamérica el Acuerdo Ministerial 87-2021, marco regulatorio que obliga a reducir al 25% el aforo en los centros comerciales, plazas comerciales, tiendas de conveniencia y restaurantes.
Con el objetivo de impulsar acciones dirigidas a interrumpir la cadena epidemiológica de la enfermedad Covid19, las autoridades locales decidieron imponer múltiples restricciones a las actividades productivas.
Según el Acuerdo Ministerial 87-2021 publicado en el Diario de Centroamérica el 17 de abril de 2021, se obliga a reducir al 25% el aforo en los centros comerciales, plazas comerciales y similares.
Doce meses después de que en Centroamérica iniciara una crisis sanitaria y económica que fue provocada por el brote de covid19, Guatemala fue la economía que se recuperó con mayor rapidez y la actividad económica panameña es la que más tarda en regresar a niveles previos a la pandemia.
En marzo de 2020 en los países de la región se comenzaron a detectar los primeros casos de covid19.
Con el objetivo de mitigar la propagación del covid19, a partir del 26 de enero los centros y plazas comerciales, supermercados, tiendas de conveniencia y tiendas de barrio, podrán desarrollar sus actividades hasta las 19:00 horas.
En la edición del 26 de enero del Diario de Centroamérica fue publicado el Acuerdo Ministerial 08-2021 del Ministerio de Salud Pública, en el que se detallan las restricciones impuestas, que tienen como objetivo mitigar la escalada del número de casos de covid19.
Aunque las fiestas de fin de año son una amenaza para que en Centroamérica se registre una segunda ola de contagios de covid19, se prevé que no se decreten cierres totales pues en la actualidad hay opciones eficaces de control en materia de salud, y menos costosas para la economía.
Cuando en marzo de 2020 se reportaron los primeros casos de covid19 en la región, la mayoría de gobiernos decidieron paralizar gran parte de las actividades productivas y decretar cuarentenas domiciliares. Estas acciones enfocadas en contener el avance del virus provocaron una severa crisis económica en todos los países.
En Guatemala la administración Giammattei decidió no solicitar la prórroga del Estado de Calamidad y a partir del 1 de octubre se reabrirán los cines, bares, parques, piscinas y además se permitirán los eventos, ferias y conciertos, aún cuando el lugar se encuentre en alerta roja.
Luego que la Municipalidad de la cabecera de la provincia de San Marcos, en Guatemala, decretara varias restricciones comerciales para contener el avance del covid19, la Corte de Constitucionalidad decidió suspenderlas.
La máxima Corte en materia constitucional del país conoció el caso luego que la Cámara de Comercio presentara un acción de amparo, en contra de las disposiciones de la corporación municipal de la cabecera de San Marcos, que fueron publicadas el 11 de agosto y están contenidas en el Acta 73-2020.
Luego de casi 100 días de restricciones a la movilidad de las personas y el cierre de algunas actividades productivas, el sector privado de Guatemala pide a las autoridades que se comience a evaluar la apertura gradual de los negocios bajo protocolos estrictos.
Por el brote de covid19 las autoridades decretaron el cierre de varias actividades económicas desde mediados de marzo y hasta la fecha aún se mantienen vigentes las restricciones a la operación de algunos sectores.
Para contener la propagación del covid19 en el país, desde el 5 hasta el 12 de abril queda prohibido que las personas se movilicen hacia otro departamento distinto al de su residencia.
Prohibir la venta expendio y consumo de bebidas alcohólicasen sitios públicos, desde el 6 hasta el 13 de abril, es otra de las disposiciones que fueron anunciadas por el presidente Alejandro Giammattei, el pasado 4 de abril.
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