Luego de que se detectaran inconsistencias entre las compras reportadas por los contribuyentes y las ventas que la empresa declaraba ante la autoridad tributaria, en Guatemala inició una investigación sobre la cadena de supermercados "La Barata".
Durante la mañana del 7 de diciembre representantes del Ministerio Público (MP) y de la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT), ofrecieron una conferencia de prensa en la que explicaron algunos detalles sobre un nuevo caso de supuesta defraudación tributaria por parte de la cadena de tiendas "La Barata".
En Costa Rica el sector bancario ganó una demanda que impuso en contra del Ministerio de Hacienda, derivado de las inconformidades por la fórmula utilizada para el cálculo del pago de impuestos.
La disputa legal data de varios años atrás, pues en 2003 la Dirección General de Tributación (DGT) validó la metodología que había sugerido la Asociación Bancaria Costarricense (ABC) para calcular el pago de impuestos sobre la renta de los intermediarios financieros. Sin embargo, en 2005 las autoridades echaron para atrás la decisión.
El monto pagado a la Superintendencia de Administración Tributaria corresponde a tributos defraudados, más multa e intereses.
El artículo en Lahora.gt reseña que el Superintendente de la SAT, Juan Francisco Solórzano, señaló que "... Es el pago más grande que ha hecho cualquier entidad, con relación a lo que se le hayan hecho ajustes o se le haya demandado como origen de un proceso judicial con el cual se estaba dando una defraudación de impuestos o tributaria."
"Del recaudatorio potencial total del IVA, solo se cobra el 50%, dejando de percibir el 19% por exenciones y tratamientos tributarios, muchos sin justificación, mientras que el 30% restante se pierde por evasión."
Del comunicado del ICEFI:
Durante un foro organizado por el Instituto Centroamericano de Estudios Fiscales (Icefi) y la Fundación Friedrich Ebert, el Icefi presentó un documento con diagnóstico de la situación actual de la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) y una propuesta alternativa de hoja de ruta para el rescate y la reconstrucción de la SAT.
Calendario de pagos de obligaciones correspondientes a Abril 2015 y Memorándum Tribuitario sobre Solvencia Fiscal.
Memorándum Tributario de Tezó y Asociados:
Después de varias acciones solicitando la inconstitucionalidad del artículo 57 “A” de Código Tributario que establece la Solvencia Fiscal, esta norma está vigente, excepto el párrafo que reza “La Administración Tributaria determinará los requisitos, características y demás condiciones necesarias para su obtención.”, por haber sido declarado inconstitucional.
El proyecto de ley presentado por el Ejecutivo permitiría a los deudores pagar saldos pendientes en cualquier tributo sin intereses ni recargos desde el día siguiente a la promulgación de la ley hasta el 31 de diciembre.
El gobierno presentó un proyecto de ley que apunta a recuperar cerca de $1.200 millones en impuestos pendientes de pago.
El ministro de Economía y Finanzas, Dulcidio De La Guardia, dijo a Prensa.com que “…las personas que tienen pleitos con la Dirección General de Ingresos (DGI) pueden acogerse a esta moratoria, salvo los acusados de evasión fiscal”.
La Dirección de Tributación de Costa Rica fiscalizará aquellas empresas que declaren renta por debajo de los porcentajes mínimos requeridos.
Los límites mínimos para los diferentes sectores productivos serán publicados antes del 24 de septiembre y surgen de los montos que fueron declarados con anterioridad por los contribuyentes y por los detectados en las fiscalizaciones.