En Costa Rica avanza un proyecto de ley que contempla eliminar las multas al primer integrante de un cártel que reconozca y denuncie ante las autoridades, que ha incurrido en prácticas monopolísticas.
Como parte de los proyectos de ley para el ingreso de Costa Rica a la OCDE, los diputados votaron en segundo debate el expediente Nº 21.303, Ley de fortalecimiento de las autoridades de competencia de Costa Rica, informó el pasado 29 de agosto la Asamblea Legislativa.
A partir del 5 de abril las fusiones y adquisiciones de empresas tendrán que ser previamente consultadas a la Comisión para Promover la Competencia, del Ministerio de Economía, Industria y Comercio.
A partir de esa fecha, la Comisión para Promover la Competencia, del Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC), tendrá la potestad de aprobar o denegar negocios, en caso de que estos lleguen a significar una concentración indebida de un sector empresarial. Las actividades que deben ser notificadas a esta Comisión son aquellas en que los activos de las compañías involucradas superen los $15 millones.
Debido a la insuficiencia normativa en Costa Rica para detener, contrarrestar y eliminar prácticas monopolísticas por parte de las cadenas de supermercados, lo que ha propiciado la explotación sin piedad de sus proveedores agrícolas e industriales, es que la Asamblea Legislativa aprobó la Ley Nº 9072, que reforma los artículos 9, 11, 12, 16, 22, 26, 27 y 28 de la Ley 7472.
Reforma de Ley
Reforma a la Ley de Promociòn de la Competencia Y Defensa Efectiva del Consumidor, LEY Nº7472
Debido a la insuficiencia normativa para detener, contrarrestar y eliminar prácticas monopolísticas del mercado nacional por parte de las cadenas de supermercados con motivo de su fuerte crecimiento, lo cual propiciado la explotación sin piedad de los proveedores agrícolas e industriales, es que la Asamblea Legislativa aprobó la Ley Nº 9072, mediante las reformas de los artículos 9, 11, 12, 16, 22, 26, 27 y 28.
En Costa Rica cinco empresas habrían coordinado sus ofertas en un concurso para adjudicar la administración de un local municipal de eventos deportivos.
El artículo en Elfinancierocr.com reseña que "Las empresas BGL Consultores Internacionales INC S.
La Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor recientemente aprobada tipifica nuevas prácticas monopólicas y cambia las reglas sobre grupos económicos.
Dos de los cambios más importantes son la ampliación del ámbito de acción de la ley, la que ahora incluye a los agentes del servicio público en los casos de concesiones y la introducción de una nueva práctica monopolística absoluta, el acuerdo entre competidores para 'rehusarse a comprar o a vender bienes o servicios'.
En Costa Rica la Compañía Farmacéutica S. A. (Cofasa) denunció actos monopólicos de la Corporación propietaria de farmacias Fischel.
El abogado de Cofasa, en su denuncia presentada ante la Comisión Nacional de Competencia del Ministerio de Economía señala que la Corporación CEFA, propietaria de la cadena de farmacias Fischel, "... concentra en una misma empresa la fabricación, importación, compra a fabricantes nacionales, distribución mayorista y venta al detalle de medicamentos.", reseña el artículo de Nacion.com
La empresa Mabeca interpuso un recurso de inconstitucionalidad ante la Sala IV de Costa Rica, aduciendo desproporcionalidad en la multa de $2.3 millones que le fuera aplicada.
En agosto de 2011, la Comisión para Promover la Competencia, dependiente del Ministerio de Economía costarricense, determinó que tras la adquisición de Atlas Eléctrica por la mexicana Mabe en el año 2008, se produjo una 'concentración prohibida', de acuerdo con la ley de promoción de la competencia y defensa del consumidor, y aplicó una multa de $2.3 millones.
Tras la compra de la costarricense Atlas, la mexicana Mabe concentró toda la oferta de un sector de electrodomésticos.
La Comisión para Promover la Competencia, dependiente del Ministerio de Economía costarricense, determinó que tras la adquisición de Atlas, se produjo una 'concentración prohibida', de acuerdo con la ley de promoción de la competencia y defensa del consumidor.
El monitoreo de los medios de comunicación es arma principal para la detección e investigación de prácticas que limiten o impidan la libre competencia.
En su artículo en Laprensagráfica.com, Ricardo Pineda analiza el uso del monitoreo de medios que hace la Superintendencia de Competencia (SC) de El Salvador, en el marco del cumplimiento de sus funciones.
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