Fueron aprobadas las reglas para las empresas alimentarias y productores, sobre la gestión de los alérgenos alimentarios, normas que podrán ser adoptadas por las legislaciones de cada país y de esta manera armonizar los requerimientos de los socios comerciales.
Las normas que aplicarán a cereales que contienen gluten, crustáceos y sus productos, huevos y productos de los huevos, pescado y productos pesqueros, maní, soja y sus productos, leche y productos lácteos, nueces y sus productos derivados, fueron aprobadas por la Comisión del Codex Alimentarius (CAC43) órgano responsable de todas las acciones relacionadas con la ejecución del Programa Conjunto FAO/OMS sobre normas alimentarias y que se enfoquen en la protección de la salud de los consumidores y aseguren prácticas leales en su comercialización, informó el Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC).
Exportadores se preparan para la nueva regulación que se implementarán a partir de 2020 en el mercado estadounidense, entre las que destaca la aplicación de una nueva tabla de datos nutricionales en los productos envasados o empaquetados.
Representantes dela Asociación Guatemalteca de Exportadores (Agexport) informaron que tanto las empresas estadounidenses como las extranjeras que exporten al país norteamericano, deberán cumplir con las nuevas normas de etiquetado de alimentos.
A partir del 13 de diciembre todos los alimentos y bebidas procesados y envasados que se comercialicen en la Unión Europea deberán incluir el detalle de la información nutricional.
Del comunicado de Procomer:
En 2014 en la Unión Europea entró en vigor el Reglamento Europeo sobre Información y Etiquetado de Alimentos (Reglamento 1169/2011). La norma mejora el etiquetado en todos los productos para que proporcione información útil, legible y comprensible al consumidor.
Según el nuevo reglamento la declaración "sin gluten" solamente podrá utilizarse cuando los alimentos, tal como se venden al consumidor final, no contengan más de 20 mg/kg.
Del comunicado de la Promotora de Comercio Exterior de Costa Rica (Procomer):
La Comisión Europea ha publicado el Reglamento Nº 828/2014 que regulará las menciones “sin gluten” y “muy bajo en gluten” normadas hasta ahora por el Reglamento Nº 41/2009.
Agregar información en etiquetas de información nutricional sobre "azúcares añadidas", actualizar el tamaño de la porción y resaltar las calorías son algunos de los cambios.
Del comunicado de la Administración de Alimentos y Medicamentos (FDA, por sus siglas en inglés):
La Administración de Alimentos y Medicamentos (FDA, por sus siglas en inglés), propone actualizar la Etiqueta de Información Nutricional que se usa en la mayoría de la comida empaquetada en los Estados Unidos. Si se concreta lo propuesto, los siguientes serían algunos de los cambios propuestos.
Preguntas y respuestas relativas a la aplicación del Reglamento (UE) N° 1169/2011 sobre la información alimentaria facilitada al consumidor.
En diciembre de 2014 comienza a regir el reglamento N° 1169/2011 sobre información alimentaria facilitada al consumidor.
El 25 de octubre de 2011, el Parlamento Europeo y el Consejo adoptaron el Reglamento (UE) nº 1169/2011 sobre la información alimentaria facilitada al consumidor (en lo sucesivo denominado «el Reglamento IAC»). El Reglamento IAC modifica las disposiciones de etiquetado de los alimentos antes vigentes en la Unión para permitir a los consumidores elegir con conocimiento de causa y utilizar los alimentos de forma segura, garantizando al mismo tiempo la libre circulación de los alimentos producidos y comercializados legalmente.
Los alimentos envasados que se exportan al país sudamericano deben indicar nivel de azúcar, sales o grasas.
La publicidad de los alimentos envasados con altos niveles de azúcar, sal o grasas deberán tener el mensaje “Comer sano y hacer ejercicio es bueno para la salud”. La nueva normativa aplica tanto para los productos elaborados en Chile como para los importados.
Sello nutricional en los alimentos exportados a México y detalle del nivel de azúcar, grasa y sal en los exportados a Ecuador son parte de los cambios.
La Asociación de Productores y Exportadores de Nicaragua (APEN) confirmó que a partir de este y el próximo año México y Ecuador pondrán en práctica nuevas normas de etiquetado para sus comidas y bebidas.
A partir del 28 de octubre entrará en vigencia una nueva norma que regulará la elaboración y el etiquetado de los jugos de frutas exportados a la Unión Europea.
Del comunicado de la Promotora de Comercio Exterior de Costa Rica (PROCOMER):
El 11 de octubre pasado se publicó el Real Decreto 781/2013, el cual entrará en vigor el 28 de octubre de 2013 en todos los estados miembros de la UE y recoge una serie de novedades relacionadas con la elaboración y etiquetado de jugos de frutas.
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