La Asamblea Legislativa aprobó una moratoria de tres meses improrrogables, en sanciones, mora, intereses, multas o cualquier otra disposición sancionatoria, relacionadas con el cobro del impuesto al valor agregado, que entró en vigencia el pasado 1 de julio.
Se excluye de esta moratoria a los contribuyentes calificados por la Administración Tributaria como grandes contribuyentes nacionales y grandes empresas territoriales, explica un comunicado de la Asamblea Legislativa.
Incremento en multas, apertura del secreto bancario y penas de cárcel son algunas de las modificaciones que se reglamentaron a partir de abril.
Del comunicado del Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica (CCPCR):
Mayo, 2014. Desde el pasado mes de abril entró a regir el Reglamento de Procedimientos Tributarios, el cual viene a regular los cambios que sufrió el Código de Normas y Procedimientos Tributarios con la Ley 9069 (Ley para el Fortalecimiento de la Gestión Tributaria) vigente desde el 28 de setiembre del 2012, con el que se aumentan las sanciones y los periodos de prescripción en contra de los contribuyentes que presenten inconsistencias en sus declaraciones de impuestos.
Para controlar los resultados declarados en el cierre del 2013 el fisco dispone de potestades ampliadas para recabar información de los contribuyentes.
El artículo de Oscar Rodríguez en nacion.com reseña que "En este periodo, que concluye el 30 de setiembre, el fisco podrá aplicar por primera vez –en un ejercicio fiscal completo– las normas dadas en las leyes de transparencia fiscal y las de fortalecimiento de la gestión tributaria, aprobadas en setiembre del 2012." ... "Carlos Vargas, director general de Tributación, reconoció que las nuevas potestades les permitirán ser más efectivos en la fiscalización de la información que declaren las compañías y las personas."