La Cámara de Comercio, Industrias y Agricultura de Panamá realizará el miércoles 19 de octubre de 2011 el 4° “Foro informativo” sobre “modificaciones a la ley de equipos fiscales”.
Del comunicado de prensa:
Foro Informativo sobre "Equipos Fiscales"
(Panamá, 6 de octubre de 2011). La Cámara de Comercio, Industrias y Agricultura de Panamá (CCIAP), consciente del impacto que la implementación de los equipos fiscales a cargo de la Dirección General de Ingresos (DGI), estará realizando el miércoles 19 de octubre de 2011 el 4° “Foro informativo” sobre “modificaciones a la ley de equipos fiscales”, dirigido a empresarios, auditores y personal técnico, para ampliar más sobre este tema a las empresas agremiadas y no miembros de nuestra Institución.
Tras la aprobación de la Ley 72 del 27 de setiembre, es importante verificar cuales son las actividades que quedan exceptuadas de la obligación de facturar con equipos fiscales.
El artículo de opinión en Prensa.com, señala y comenta las empresas que, en principio, no están obligadas a la utilización de los equipos fiscales para su facturación.
1.- la actividad agropecuaria en general, siempre que el contribuyente no obtenga ingresos brutos anuales superiores a 250 mil dólares.
En Panamá el Estado asumirá el costo de las impresoras fiscales de los comercios pequeños, en forma de crédito fiscal.
Los comercios panameños, con facturación inferior a $36 mil anuales accederán a un crédito fiscal por hasta el 100% del valor del equipo. El crédito es para la compra de un solo equipo cuyo precio no puede superar los $850.
La entrada en vigencia de las impresoras se había establecido inicialmente para el 30 de setiembre 2011, pero la misma fue modificada y dependerá de la provincia y el tipo de máquina, siendo el plazo máximo abril del 2012.
Los comercios panameños, con facturación inferior a $36 mil anuales accederán a un crédito fiscal por hasta el 100% del valor del equipo.
El crédito es para la compra de un solo equipo cuyo precio no puede superar los $850.
Con la nueva normativa que será incluida en las modificaciones al proyecto de ley 375, la Dirección General de Ingresos busca aliviar el impacto económico para los microempresarios.
Autoridades panameñas anunciaron que la implementación de los equipos fiscales se realizará de forma progresiva con tope del 1 de diciembre en la provincia de Panamá.
Del comunicado de prensa del Ministerio de Economía y Finanzas de Panamá:
La implementación de los equipos fiscales se realizará de forma progresiva con tope del 1 de diciembre en la provincia de Panamá, informó Luis Cucalón, director General de Ingresos del MEF, tras la aprobación en primer debate del proyecto de ley que modifica algunas medidas fiscales relacionadas con la Ley 76 de 22 de diciembre de 1976 y la Ley 62 de 15 de octubre de 2010 por parte de la Comisión Legislativa de Economía y Finanzas.
Quienes no las expidan podrían ser multados, al igual que los consumidores, que deberán exigirlas.
Como parte de las medidas tomadas para reducir la evasión fiscal, el gobierno modificó recientemente la Ley 8 de Marzo de 2010, por medio de la cual se obligará a los comercios a emitir facturas y entregarlas a los compradores.
A su vez, los compradores deberán portarlas para evitar ser castigados con multas que van desde 1 dólar hasta el 7% del monto facturado.
Quedan excluidas las empresas cuya operación de distribución o venta se realice por medio de agentes de ventas con rutas asignadas.
Esta exención estará vigente mientras no se cuente con impresoras fiscales portátiles. La Dirección General de Ingresos será quién establezca los plazos requeridos para su implementación. "No obstante, se hace la salvedad de que no se requerirá del uso de estos equipos cuando el total de la facturación diaria de cada vendedor ambulante sea inferior a $300.
Existen aún innumerables dudas sobre la norma, es escasa la oferta de algunos equipos, se prevén atrasos en el desarrollo de software de interconexión y problemas en las transacciones B2B.
Del comunicado de la Cámara de Comercio, Industrias y Agricultura de Panamá (CCIAP):
La CCIAP solicita gradualidad en la implementación de equipos fiscales
Cámara de Comercio, Industrias y Agricultura de Panamá solicita gradualidad en la implementación de equipos fiscales
Fabricantes de equipos fiscales y desarrolladores de software se reúnen en la Cámara de Comercio, Industrias y Agricultura de Panamá.
Del comunicado de la CCIAP:
• La Cámara de Comercio, Industrias y Agricultura de Panamá (CCIAP), promueve que todas las empresas, agremiadas o no, cumplan con los deberes del Estado y considera que es positiva la norma que obliga la implementación de equipos fiscales.
La reforma fiscal que obliga a los comercios panameños a contar con una impresora fiscal, también obliga al Estado a retribuir parte de la compra.
El consultor fiscal, Osvaldo Lau C., analiza, para Prensa.com, los aspectos del crédito fiscal ofrecido por el Estado a los contribuyentes.
"Según las actuales normas (artículo 8 de la Ley 31 de 5 de abril de 2011, que modificó el parágrafo transitorio del artículo 12 de la Ley 76 de 1976) la Dirección General de Ingresos, como el ente del Estado encargado de estos asuntos, reconocerá un crédito fiscal por la suma de 700 dólares o hasta el 50% “calculado con base en el valor total de la inversión de cada nuevo Equipo Fiscal realizado por el contribuyente hasta el 30 de septiembre de 2011”, el que resulte menor. Cabe preguntar qué implica “la inversión” porque bien puede ser el pago adelantado sin que el equipo haya sido instalado. O simplemente al revés: la compra e instalación sin haberlo pagado.
El plazo para implementar los equipos fiscales el ya cercano 30 de septiembre, y es importante considerar cuales son los sectores y tipos de empresas que no son alcanzados por la obligación.
El parágrafo 2 del artículo 12 de la Ley 76 de 1976, agregado por Ley 8 de 2010, señala las siguientes excepciones a la obligación de implementar los equipos fiscales.