Con el objetivo que los productores guatemaltecos compitan en las mismas condiciones que los países vecinos, el gobierno prepara una propuesta de ley que busca eximir del IVA los insumos agrícolas.
La iniciativa denominada "Ley de Equidad Fiscal" es preparada por el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación (Maga), pues según el jerarca de la institución, en otros países de Centroamérica no se les cobra el impuesto al valor agregado (IVA) a los insumos agrícolas.
El Congreso de Guatemala aprobó una iniciativa de ley que contempla la creación de un régimen fiscal especial para la actividad agropecuaria.
A pesar que esta propuesta de ley estuvo envuelta en polémica días atrás, dado que las cámaras de industria y comercio manifestaron su oposición, el Congreso decidió aprobar la iniciativa. Ver proyecto de ley completo.
En Guatemala las cámaras de industria y comercio se oponen a la iniciativa de ley que propone crear un régimen fiscal especial para la actividad agropecuaria.
El proyecto "Ley sobre Simplificación, Actualización e Incorporación Tributaria", que lleva más de dos años en el Congreso de la República, le fue programada su discusión para su redacción final hasta el recién pasado 10 de septiembre.
El problema con las exenciones a la renta es que pueden favorecer a proyectos de alta rentabilidad que probablemente se hubieran concretado de todas maneras.
Del documento del BID "La eficacia de los incentivos fiscales: El caso de las zonas francas de exportación de Costa Rica, El Salvador y República Dominicana".
Introducción y síntesis
Las políticas de fomento a la inversión utilizan una variada gama de instrumentos.
Denuncian que no hay un registro claro y completo sobre el número de empresas que gozan de regímenes fiscales especiales.
Se estima que existen aproximadamente 3 mil contribuyentes que se encuentran bajo el régimen de exenciones fiscales, ya sea total o parcialmente. Sin embargo, estos datos no han sido confirmados por la Superintendencia de Administración Tributaria, aún cuando debió presentarse el primer informe en 2014, según establece la norma que comenzó a regir en noviembre de 2013.
Para fomentar la inversión en el país, a partir de este ejercicio fiscal el impuesto a la renta que pagan los contribuyentes inscriptos en el régimen sobre utilidades se reduce de 28% a 25%.
Según la última modificación de la Ley de Actualización Tributaria, Decreto 10-2012, la tarifa sobre el Impuesto Sobre la Renta (ISR) aplicado a los contribuyentes a partir del 2015 será de 25%.
Calendario de pagos de obligaciones correspondientes a Agosto 2014 y Memorándum Tributario sobre Reglamento de Salud y Seguridad Ocupacional.
Memorándum Tributario 13-14 Agosto 2014
Reglamento de Salud y Seguridad Ocupacional
El Ministerio de Trabajo y Previsión Social publicó en el diario oficial del 11 de agosto de 2014 el Acuerdo Gubernativo número 229-2014 por medio del cual emite el “Reglamento de Salud y Seguridad Ocupacional” que debe observar todo patrono. Su vigencia es a partir del 11 de febrero de 2015, es decir se cuenta con seis meses para implementar las medidas de salud y seguridad ocupacional, exigidas en este Reglamento.
Calendario de pagos de obligaciones correspondientes a Julio 2014 y Memorándum Tributario sobre requerimiento de información respecto a Precios de Transferencia.
Memorándum Tributario 10-14 Julio 2014
La SAT inició el requerimiento de información respecto a Precios de Transferencia.
El artículo 27 del Decreto No. 19-2013 traslada para el año 2015 la vigencia de las “Normas Especiales de Valoración entre Partes Relacionadas”.
La exoneración de multas, intereses y recargos regirá desde el jueves 12 de junio y se extenderá por 90 días para todos los contribuyentes, sean naturales o jurídicos.
Del Acuerdo Gubernativo Número 174-2014 publicado en el Diario de Centroamérica:
“Artículo 7. Transitorio. Regularización. Los contribuyentes que a partir de la vigencia de este Acuerdo, opten por regularizar operaciones o modificar el método de registro de costos y gastos, conforme lo que se establece el presente acuerdo, mediante la aplicación del tratamiento especial establecido en el mismo y que deban realizar el pago de impuestos o de sanciones formales, gozarán de exoneraciones de multas, intereses o recargos en la forma en que se establece en este artículo”.
Calendario de pagos de obligaciones correspondientes a Junio 2014 y Memorándum Tributario sobre la exoneración tributaria y los casos en que aplica.
La exoneración tributaria, ¿es para todos los contribuyentes?
Derivado de las reformas contenidas en el Decreto No. 19-2013 del Congreso, en el Diario Oficial del 22 de mayo de 2014, fue publicado el Acuerdo Gubernativo No.
La exoneración de las multas económicas por infracciones aduaneras se amplía -por sexta vez- hasta el 15 de diciembre próximoo.
La exoneración que vencía el próximo 15 de setiembre se ampliará hasta el próximo 15 de diciembre.
“Ampliamos el acuerdo porque hay nuevo intendente de Aduanas y no queremos generar distorsión en las operaciones. Consideramos que este será el último aplazo que cedemos”, explicó ayer Pavel Centeno, ministro de Finanzas.
Memo tributario con los salarios mínimos para las actividades agrícolas, no agrícolas y para la actividad exportadora y de maquila, y otros avisos de la Superintendencia de Administración Tributaria
Salario Mínimo
El 30 de diciembre de 2011 el Ministerio de Trabajo y Previsión Social publicó en el Diario de Centro América su Acuerdo Gubernativo No. 520-2011, por medio del cual se fijan los nuevos salarios mínimos para las actividades agrícolas, no agrícolas y para la actividad exportadora y de maquila normada por el Decreto No. 29-89, con vigencia a partir del 1 de enero de 2012.
Memorándum sobre "Mecanismo previo para solucionar el conflicto tributario", y Calendario de vencimientos para el pago de obligaciones tributarias correspondientes a Noviembre 2011.
CALENDARIO TRIBUTARIO Diciembre 2011
Los vencimientos indicados en el presente mes, corresponden a obligaciones de Noviembre de 2011.
Miércoles 14 Retención ISR a empleados (artículo 63 ley de ISR) SAT-No. 1054 SAT-No. 1055