La exoneración de multas, intereses y recargos regirá desde el jueves 12 de junio y se extenderá por 90 días para todos los contribuyentes, sean naturales o jurídicos.
Del Acuerdo Gubernativo Número 174-2014 publicado en el Diario de Centroamérica:
“Artículo 7. Transitorio. Regularización. Los contribuyentes que a partir de la vigencia de este Acuerdo, opten por regularizar operaciones o modificar el método de registro de costos y gastos, conforme lo que se establece el presente acuerdo, mediante la aplicación del tratamiento especial establecido en el mismo y que deban realizar el pago de impuestos o de sanciones formales, gozarán de exoneraciones de multas, intereses o recargos en la forma en que se establece en este artículo”.
Calendario de pagos de obligaciones correspondientes a Junio 2014 y Memorándum Tributario sobre la exoneración tributaria y los casos en que aplica.
La exoneración tributaria, ¿es para todos los contribuyentes?
Derivado de las reformas contenidas en el Decreto No. 19-2013 del Congreso, en el Diario Oficial del 22 de mayo de 2014, fue publicado el Acuerdo Gubernativo No.
La asimetría de los flujos de inversión hace que la aplicación del concepto de renta mundial genere indefectiblemente más ingresos a los Estados de economías poderosas que a los de economías pequeñas.
En su artículo de opinión en Elfinancierocr.com, Manrique Blen señala las dificultades que enfrentan los países de economías pequeñas cuando suscriben tratados de doble imposición fiscal, pues, dependiendo de las características de los acuerdos firmados, pueden dejar de percibir ingresos por impuestos que podrían recibir sin la adhesión al tratado.
El Congreso sigue trabado y se demoran leyes imprescindibles para dar seguridad jurídica a las inversiones textiles, entre otras.
La iniciativa de ley para atraer inversión y empleo presentada en enero de 2013 no ha sido aprobada, esto impide que se sienten las bases de una industria que no puede avanzar sin un marco regulatorio.
“Uno de los objetivos de esa propuesta legislativa es cumplir con los compromisos que Guatemala asumió ante la Organización Mundial del Comercio (OMC).
Presentan un proyecto para modificar la ley de hidrocarburos y usar los ingresos resultantes para fortalecer las fuerzas de seguridad del país.
La iniciativa para modificar la Ley de Hidrocarburos y eliminar la exoneración fiscal por extracción petrolera fue presentada por el congresista Amílcar Pop.
Pop explicó que el país pierde cerca de $15 millones anuales por exoneraciones y privilegios en el petróleo.
La exoneración de las multas económicas por infracciones aduaneras se amplía -por sexta vez- hasta el 15 de diciembre próximoo.
La exoneración que vencía el próximo 15 de setiembre se ampliará hasta el próximo 15 de diciembre.
“Ampliamos el acuerdo porque hay nuevo intendente de Aduanas y no queremos generar distorsión en las operaciones. Consideramos que este será el último aplazo que cedemos”, explicó ayer Pavel Centeno, ministro de Finanzas.
La amnistía incluye a quienes deben impuestos de períodos fiscales anteriores al 1º de enero de 2012.
El artículo de S21.com.gt reseña que “esta medida es el complemento de la condonación del 10% en pagos de impuestos y reducción del 50% del de circulación”.
“Estaba claro que se tenía que acordar la exoneración. Casi siempre una ley produce la necesidad de un acuerdo gubernativo.
El presidente Otto Pérez Molina no otorgará exoneraciones por las multas aplicadas por la Superintendencia de Administración Tributaria.
El artículo en Elperiodico.com.gt reseña que "El Presidente pidió a la Secretaría General de la Presidencia que estudiara los 202 casos de empresarios, políticos y testaferros. “El estudio de cada caso se hace, la recomendación y el criterio del Presidente ahora es que no se den [las exoneraciones]”, afirma el secretario general, Gustavo Martínez."
Distinguir la clasificación de exenciones se hace necesario debido a la exigencia para asociaciones, fundaciones y otras entidades de contar con solvencia fiscal para mantener actualizado su registro como persona exenta.
Del artículo en Chilemonroy.com
Por Oscar Chile Monroy
Existen varias clasificaciones de exenciones tributarias. Para el caso que tratamos nos interesa analizar lo referente a las exenciones objetivas y subjetivas.
Memo tributario con los salarios mínimos para las actividades agrícolas, no agrícolas y para la actividad exportadora y de maquila, y otros avisos de la Superintendencia de Administración Tributaria
Salario Mínimo
El 30 de diciembre de 2011 el Ministerio de Trabajo y Previsión Social publicó en el Diario de Centro América su Acuerdo Gubernativo No. 520-2011, por medio del cual se fijan los nuevos salarios mínimos para las actividades agrícolas, no agrícolas y para la actividad exportadora y de maquila normada por el Decreto No. 29-89, con vigencia a partir del 1 de enero de 2012.
Memorándum sobre "Mecanismo previo para solucionar el conflicto tributario", y Calendario de vencimientos para el pago de obligaciones tributarias correspondientes a Noviembre 2011.
CALENDARIO TRIBUTARIO Diciembre 2011
Los vencimientos indicados en el presente mes, corresponden a obligaciones de Noviembre de 2011.
Miércoles 14 Retención ISR a empleados (artículo 63 ley de ISR) SAT-No. 1054 SAT-No. 1055