Debido a que a raíz de la pandemia las formas de cumplir con las tareas han variado y el teletrabajo ha ganado terreno en todos los mercados, la flexibilidad en cuanto a dónde y cuándo se labora será uno de los factores que más valorarán los empleados en esta nueva realidad.
Las amenazas que representan el asistir a centros de trabajo a causa de la propagación de la Covid19, provocó que las empresas a nivel global buscaran nuevas formas de trabajo. La mayoría de equipos optó por readecuar sus dinámicas y se enfocaron en fomentar el trabajo a distancia.
El mercado laboral reporta un cambio estructural, pues cada vez son menos las personas que su trabajo les es remunerado por medio de un salario fijo y en simultáneo se incrementa el número de empleados que ganan por proyecto ejecutado.
Aunque el fenómeno se viene reportando desde hace varios años a nivel global, la pandemia aceleró este proceso, ya que la crisis económica generada por el brote del Covid19 destruyó miles de empleos formales.
Ante el abrupto cambio que generó en las empresas la nueva normalidad, los colaboradres enfrentan el reto de aumentar sus habilidades para trabajar a distancia, adaptarse a contratos más flexibles y afinar sus destrezas tecnológicas y cualidades cognitivas.
El trabajo a distancia o remoto, se ha vuelto cotidiano entre las compañías de la región, que se han tenido que acomodar a las restricciones impuestas por los gobiernos, a causa del brote de covid19.
Las restricciones al tránsito de vehículos y personas, y en algunos casos, la prohibición de laborar en oficinas, están obligando a las empresas a reinventar sus formas de operar y revolucionar su cultura laboral.
Con la propagación del covid19 se decretaron estrictas cuarentenas domiciliares en los países centroamericanos. Este escenario potenció la puesta en marcha del teletrabajo y obligó a las empresas a adaptarse a una nueva forma de operación.
Con la reciente firma del tratado comercial entre EE.UU., Canadá y México, se sentó un precedente para futuras negociaciones, pues en este acuerdo se fijaron condiciones laborales de cumplimiento obligatorio, como la de supeditar las exportaciones al pago de un salario mínimo.
Por ejemplo, una de las condiciones del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC), que fue firmado el 10 de diciembre de 2019, es que el los vehículos que se exporten desde algún estado de México a los otros dos países "deberán provenir de plantas que paguen salarios no menores a $16 la hora".
A pesar que trabajar desde la casa es considerado un incentivo no salarial por la flexibilidad y beneficios que brinda al empleado, esta modalidad de trabajo aún no es tendencia para las empresas en Guatemala.
Implementar el trabajo desde casa o home office, es una modalidad cada vez más frecuente entre ejecutivos y profesionales que ven los beneficios que proporciona el teletrabajo.
Empresarios de Centroamérica y República Dominicana piden que no se ratifique el Convenio 190 de la OIT, argumentando que en los países ya existe normativa para regular acciones en materia de violencia y acoso en ambientes laborales.
La Federación de Entidades Privadas de Centroamérica, Panamá y República Dominicana (Fedepricap), por medio de un comunicado de fecha 9 de agosto informó que acordaron solicitar a los gobiernos "... la no ratificación del Convenio 190 de la Oficina Internacional del Trabajo (OIT), sobre el cual ya había un pronunciamiento en contra por parte de los empleadores, lo anterior con el propósito de no perjudicar la generación de empleos."
En la región centroamericana se estima que la tasa de desempleo promedio de quienes tienen entre 15 y 24 años ronda el 11%, siendo la falta de experiencia laboral la principal barrera para acceder al primer trabajo.
Según cifras del Observatorio Centroamericano de Desarrollo Social, Costa Rica y Panamá son los países de la región con mayores tasas de desempleo juvenil, con 27% y 15%, respectivamente.
A partir del 29 de mayo entrará a regir un nuevo Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social que introduce la oralidad en los juicios laborales.
Los juicios laborales se realizarán de forma oral, además el Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social de Nicaragua (Ley 815) también permitirá a los trabajadores introducir su demanda ante un juez de forma verbal.
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