Debido a que a raíz de la pandemia las formas de cumplir con las tareas han variado y el teletrabajo ha ganado terreno en todos los mercados, la flexibilidad en cuanto a dónde y cuándo se labora será uno de los factores que más valorarán los empleados en esta nueva realidad.
Las amenazas que representan el asistir a centros de trabajo a causa de la propagación de la Covid19, provocó que las empresas a nivel global buscaran nuevas formas de trabajo. La mayoría de equipos optó por readecuar sus dinámicas y se enfocaron en fomentar el trabajo a distancia.
El mercado laboral reporta un cambio estructural, pues cada vez son menos las personas que su trabajo les es remunerado por medio de un salario fijo y en simultáneo se incrementa el número de empleados que ganan por proyecto ejecutado.
Aunque el fenómeno se viene reportando desde hace varios años a nivel global, la pandemia aceleró este proceso, ya que la crisis económica generada por el brote del Covid19 destruyó miles de empleos formales.
Con el objetivo de promover la competencia leal entre empresas e incentivar el cumplimiento de la legislación laboral vigente, el Ministerio de Trabajo creó la Constancia de Buenas Prácticas Laborales.
Al obtener la Constancia de Buenas Prácticas Laborales (BPL), el empleador contará con un documento físico emitido por el ente rector en materia laboral a nivel nacional, que evidencia que cumple con lo establecido en el Código de Trabajo, informó el Ministerio de Trabajo.
En Panamá fue aprobado en primer debate el proyecto legislativo que de forma gradual pretende reintegrar a los empleados a sus empresas, mismas que ya hayan reiniciado sus actividades y que en 2020 suspendieron contratos laborales a causa de la crisis que provocó el brote de covid19.
El proyecto de ley que legaliza la reintegración gradual de los trabajadores con contrato suspendidos a sus empresas y que regirá hasta final del año, reposa desde el pasado 8 de febrero en la Asamblea Nacional tras la entrega a la presidencia por parte de la ministra de Trabajo, Doris Zapata.
En Panamá fue presentado un proyecto legislativo que de forma gradual pretende reintegrar a los empleados a sus empresas, mismas que ya hayan reiniciado sus actividades y que en 2020 suspendieron contratos laborales a causa de la crisis que provocó el brote de covid19.
Según el organismo legislativo, el proyecto de ley que legaliza la reintegración gradual de los trabajadores con contrato suspendidos a sus empresas y que regirá hasta final del año, reposa desde el pasado 8 de febrero en la Asamblea Nacional tras la entrega a la presidencia por parte de la ministra de Trabajo, Doris Zapata.
Fue aprobado en primer debate el proyecto de ley que amplía hasta marzo de 2021, la vigencia de la normativa que permite a las compañías reducir las jornadas de trabajo.
En marzo de 2020, cuando se registraron los primeros casos de covid19, se aprobó la "Ley Autorización de Reducción de Jornadas de Trabajo ante la Declaratoria de Emergencia Nacional".
Debido a que en Costa Rica la vigencia de la normativa que autoriza a las compañías a reducir las jornadas de trabajo vence diciembre de 2020, empresarios del sector turístico piden a la Asamblea que se amplíe el plazo.
Cuando se registraron los primeros casos de covid19, se aprobó la "Ley Autorización de Reducción de Jornadas de Trabajo ante la Declaratoria de Emergencia Nacional".
Modificar el Código de Trabajo para que las empresas puedan implementar la jornada excepcional ampliada de 12 horas al día, es una propuesta que se discute en Costa Rica debido a la necesidad de las industrias que dependen de procesos continuos y encuentran trabas en la ley.
En la Comisión de Hacendarios de la Asamblea Legislativa se encuentra la iniciativa número 21.182, propuesta parlamentaria que pretende modificar el Código de Trabajo y actualizarlo en función de las necesidades presentes.
En Panamá el Ministerio de Trabajo decidió extender los permisos de trabajo que vencían entre los meses de marzo a septiembre de 2020.
El objetivo de la ampliación es aliviar la situación económica que afronta el país y la población extranjera, a raíz del brote de covid19, informó el Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral (Mitradel).
La Asamblea Nacional aprobó en tercer debate el proyecto de ley que que establece medidas temporales de protección del empleo en las empresas afectadas por el covid19.
La iniciativa que fue presentada por el Ejecutivo recibió varias modificaciones en su contenido original, tanto en el primero como en el segundo debate, dejando la salvedad los diputados de que se trata de normas temporales y no es que se pretenda a un futuro reformas al Código Laboral, informó la Asamblea.
Ante el abrupto cambio que generó en las empresas la nueva normalidad, los colaboradres enfrentan el reto de aumentar sus habilidades para trabajar a distancia, adaptarse a contratos más flexibles y afinar sus destrezas tecnológicas y cualidades cognitivas.
El trabajo a distancia o remoto, se ha vuelto cotidiano entre las compañías de la región, que se han tenido que acomodar a las restricciones impuestas por los gobiernos, a causa del brote de covid19.
Las restricciones al tránsito de vehículos y personas, y en algunos casos, la prohibición de laborar en oficinas, están obligando a las empresas a reinventar sus formas de operar y revolucionar su cultura laboral.
Con la propagación del covid19 se decretaron estrictas cuarentenas domiciliares en los países centroamericanos. Este escenario potenció la puesta en marcha del teletrabajo y obligó a las empresas a adaptarse a una nueva forma de operación.
Se publicó en Panamá el Decreto que autoriza la modificación o reducción temporal de la jornada de trabajo, que por la crisis económica que generó el covid19 se podrá disminuir hasta un máximo de 50%.
La nueva norma establece que en el acuerdo de modificación de la jornada laboral se deben incluir métodos para lograr la recuperación gradual de las jornadas laborales a los niveles existentes antes de la crisis y que no deberán afectar la rata por hora pactada en el contrato de trabajo vigente, informó el Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral.
A raíz del estado de calamidad decretado en el país, el Ministerio de Trabajo creó un procedimiento electrónico, por medio del cual las empresas pueden suspender de forma temporal los contratos de sus trabajadores.
El Acuerdo Ministerial 140-2020, publicado el 7 de abril en el Diario Oficial, explica que la medida gubernamental es temporal y de aplicación exclusiva mientras persistan las circunstancias y efectos que derivan de la pandemia covid19, declarada a nivel mundial y los efectos que tienen en los contratos de trabajo.
Luego que fuera decretada una cuarentena domiciliar en El Salvador, el gobierno pretende prohibir el despido de los empleados que no asistan a laborar.
En el marco de la crisis que se generó por la propagación del covid19, se discute una propuesta que establece que el personal de las empresas que no tengan permitido la continuación de sus actividades deberá ser enviado a casa con goce de sueldo y prestaciones, además, que no podrán ser objeto de despido, descuentos de salario o suspensión de contrato, tampoco obligados a tomar sus vacaciones por adelantado.
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