La nueva plataforma virtual del Ministerio de Salud Pública promete facilitar los trámites de registro y licencia sanitaria para alimentos y bebidas en Guatemala.
Las autoridades informaron que a través de la plataforma se podrán realizar gestiones en línea, e indicaron que también se fortalecerán las verificaciones de campo.
La nueva plataforma fusiona las dos anteriores, la utilizada para Estados Unidos y la del resto de los países, convirtiéndola en una sola.
Del comunicado de la Autoridad Panameña de Seguridad de Alimentos:
El Departamento de Registro de Alimentos bajo la Dirección Nacional de Normas para la Importación de Alimentos (DINAN), de la Autoridad Panameña de Seguridad de Alimentos (AUPSA), comunica a los usuarios y público en general que ya se encuentra habilitada la plataforma para el proceso de registro de alimentos. La nueva plataforma fusiona las dos anteriores, es decir la utilizada para Estados Unidos y la del resto de los países, convirtiéndola en una sola.
Del 14 al 24 de agosto no se recibirán solicitudes digitales para el Registro de Alimentos Pre envasados y para los trámites de actualización y anexos de etiquetas, por mantenimiento del sistema.
Del comunicado de la Autoridad Panameña de Seguridad de Alimentos (AUPSA):
Anuncian que a partir de marzo las empresas del sector alimenticio podrán registrarse ante el Ministerio de Salud en línea, y a partir de 2016 podrán realizar el registro digital de los productos.
La fecha límite para que los exportadores de alimentos actualicen sus registros ante la Administración de Alimentos y Medicamentos de EE.UU. es el 31 de diciembre de 2014.
Para solucionar el colapso actual en la inscripción de productos ante el Ministerio de Salud transitoriamente se podrá presentar una declaración jurada dando fe del cumplimiento de los requisitos y el certificado de origen.
“… Al 30 de mayo anterior había 2.633 productos esperando la respectiva autorización para comercializarse. De ellos, 57 son naturales. La lista de espera ha generado quejas de representantes empresariales, para quienes esperar un año o más causa pérdidas importantes. La lista debe desaparecer para el 19 de setiembre, cuando entrarán a regir plazos máximos de 22 días para la obtención del registro, estipulados en un decreto ejecutivo de la administración anterior.”