Al contestar sobre si Costa Rica debe indemnizar a Industrias Infinito por el caso de Crucitas, el ministro encargado del tema respondió: "-no se debe dar un pago o debe ser mínimo."
Lo que pierda el Estado de Costa Rica por el litigio por la fallida concesión de la mina Crucitas, saldrá del bolsillo de los que pagan impuestos.
EDITORIAL
Durante los 20 años que dura esta novela de la mina de oro Crucitas, ninguna de las personas físicas de una u otra manera involucradas, sufrieron perjuicio económico alguno y muchas, por el contrario, vieron aumentados sus ingresos y sus cuentas bancarias.
Un proceso de inversión de 15 años y $127 millones fue detenido al cancelársele la concesión minera a Industrias Infinito en Costa Rica.
El miércoles pasado un tribunal determinó que hubo ilegalidades en el otorgamiento de los permisos dados a la minera canadiense para la explotación de la mina de oro Crucitas y decidió cancelar la concesión otorgada.
El embajador canadiense acreditado en Costa Rica advirtió de la mala imagen internacional que daría el país si cancela de forma unilateral el proyecto.
Neil Reeder, embajador de Canadá, señaló que su gobierno asegura la responsabilidad ambiental de las mineras canadienses. Más allá del carácter privado del proyecto, el Gobierno canadiense sigue muy de cerca el proyecto, agregó.
Considerando un fallo de la Sala Constitucional favorable al proyecto minero, y el riesgo de una demanda multimillonaria, Chinchilla no cancelará la concesión.
Las operaciones de la Mina Crucitas, que están en las fases preparatorias de la producción regular, siguen detenidas como medida precautoria por un Tribunal Contencioso Administrativo, que acogió una demanda contra el proyecto de una organización ambiental. La Presidenta Chinchilla declaró que el Poder Ejecutivo costarricense estará a lo que decida el Poder Judicial.
Un tribunal de apelaciones mantuvo una medida cautelar contra la construcción de la mina de oro Crucitas, propiedad de Infinito Gold.
La decisión del tribunal se basa en el principio de "in dubio pro natura", y las medidas cautelares impuestas se mantendrán hasta que se dicte sentencia.