Argumentando que las reformas a la Ley de Contrataciones constituyen un retroceso en materia de transparencia, el sector empresarial de Guatemala pide al presidente Alejandro Giammattei vetar lo aprobado por el Congreso de la República.
En los últimos días de abril de 2021 los diputados guatemaltecos aprobaron las modificaciones al Decreto 57-92, que entre otras cosas permiten ampliar los montos de compra directa y de baja cuantía.
Se presentó un anteproyecto de ley ante la Asamblea Nacional de Panamá, que intenta agregar la prohibición de participar en contratos con el Estado a las empresas con condenas en otros países por delitos contra la administración pública.
La iniciativa de ley que fue presentada el 23 de enero, solicita la modificación de textos del marco jurídico que regula las contrataciones públicas panameñas, para evitar la adjudicación de contratos a empresas que estén señaladas de actos de corrupción en Panamá y también en el extranjero.
Desde el 28 de Octubre rigen las reformas a la Ley de Contrataciones del Estado, incluyendo, la figura del contrato abierto y la subasta electrónica inversa.
El decreto publicado en Diario de Centroamérica indica que "... Las reformas incluyen en total 25 artículos. En el primero de estos se establece que en los procesos de adquisiciones que se realicen con recursos de préstamos externos provenientes de operaciones de crédito público o donaciones a favor del Estado, sus dependencias, instituciones o municipalidades, se aplicarán las políticas y los procedimientos establecidos por los entes financieros o donantes, considerándose estas disposiciones como norma especial."
El presidente Varela señaló como necesario incluir en la ley las compras de medicamentos, entre otras objeciones, y no se refirió a la inhabilitación de empresas con condenas en el extranjero por corrupción.
La principal objeción de diversos grupos sociales a la nueva ley de contrataciones estatales es que no establece la exclusión como proveedores del Estado a empresas condenadas en el exterior por actos de corrupción, y se pedía al presidente Varela que vetara la ley por ese motivo. El presidente vetó 8 de los artículos de la ley, pero no indicó en sus observaciones nada referente a ese tema.
El esperado reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado determina el proceso de subasta electrónica inversa, y fija la metodología para los precios de referencia.
El 24 de junio entrará en vigencia el reglamento de la reformada Ley de Contrataciones del Estado, que establece, entre otras cosas, la forma en que deben llevarse a cabo las negociaciones, define el sistema de información de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y los procedimientos a seguir para fijar los precios de referencia en las licitaciones.
Con la aprobación de las últimas reformas a la Ley de Compras Públicas se limitan las adquisiciones por medio de contratos abiertos y se prohíbe la participación de funcionarios públicos como proveedores.
Los funcionarios y sus familiares no podrán venderle bienes o servicios al Estado mientras estén ejerciendo sus cargos, y tampoco podrán actuar como proveedores quienes hayan financiado con montos anuales superiores a $3800 campañas electorales u organizaciones políticas en el proceso electoral inmediato previo a la administración que esté vigente.
La nueva ley de contrataciones define a Guatecompras como el único sistema para gestionar compras, define precios de referencias y reglamenta la subasta inversa.
El congreso aprobó las primeras reformas a la Ley de Contrataciones del Estado, entre las que destacan el establecimiento de Guatecompras como el único sistema autorizado para que las instuticiones estatales realicen las contrataciones.
La iniciativa de ley a discutirse en la Asamblea propone eliminar los cambios que se realizaron durante la administración Martinelli y que tenían como propósito agilizar y simplificar los procesos de compras públicas.
El anteproyecto de ley que será discutido por la Asamblea Nacional en primer debate, propone eliminar, entre otras cosas, los procedimientos para realizar contrataciones abreviadas y por mejor valor, y aumentar las fianzas para los recursos de impugnación.
Prohibir que quienes financiaron campañas políticas sean proveedores del Estado, implementar la subasta inversa electrónica y especificaciones técnicas para compra de medicinas, son parte de las reformas propuestas.
Del comunicado del Instituto Centroamericano de Estudios Fiscales (Icefi):
El Instituto Centroamericano de Estudios Fiscales (Icefi) presentó al Congreso de la República diez propuestas de reformas a la Ley de Contrataciones del Estado, las cuales considera prioritarias para la transparencia fiscal y el combate a la corrupción.
El gremio de la construcción aboga por que se reforme la Ley de Contrataciones Públicas para dar más participación a las empresas nacionales, generar más transparencia y eliminar el clientelismo y la corrupción en las compras del Estado.
La Cámara Panameña de la Construcción (CAPAC), resiente la cantidad de obras que se han otorgado a empresas extranjeras en detrimento de las empresas locales.
Una iniciativa en la Asamblea Legislativa pretende eliminar las modificaciones que se hicieron a la ley durante la administración Martinelli, que actualmente permite procesos más flexibles, como licitaciones abreviadas.
Desde el 2009, la Ley 22 de 2006 sobre las contrataciones públicas se ha modificado nueve veces, razón por la cual buscan volver "a la base" de la legislación eliminando parte de las modificaciones realizadas.
Después de dos intentos fallidos, la Empresa Nacional De Energía Eléctrica volverá a convocar una licitación para reparar las fisuras de la hidroeléctrica El Cajón.
Esta nueva licitación tiene carácter internacional ya que en el país no hay compañías con suficiente experiencia para ejecutar los trabajos de reparación con responsabilidad, tal y como requiere la ley.
La Ley de Contratación Administrativa ordena la utilización de criterios de evaluación favorables a las PyMEs en compras del Estado.
Marco Antonio Esquivel, en su artículo del Financierocr.com, hace un resumen de las reformas que fueron introducidas en el reglamento de esta ley entre las que destaca: la modificación del plazo máximo que tiene la administración para pagarle a un proveedor pyme, la posibilidad del pago anticipado al contratista pyme así como la posibilidad de brindar una garantía colateral por todo el monto del anticipo y la utilización de los instrumentos financieros que dispone la Ley del Sistema de Banca para el Desarrollo, para rendir la garantía de participación o cumplimiento y que estas puedan ser otorgadas a través del Fondo Especial para el Desarrollo de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (Fodemipyme).
Denuncian en Nicaragua que la estatal del agua ENACAL pretende evadir los procesos de licitación, dejándolos a discrecionalidad del presidente ejecutivo de la institución.
El manual de régimen de contrataciones especiales, resolución PE 147-12 fue publicada en el diario oficial La Gaceta, el 4 de diciembre de 2012, el que según el presidente del Consejo Superior de la Empresa Privada, José Adán Aguerri, éste va en contra de lo dispuesto en el numeral seis, artículo 3 y numeral 5, artículo 5, de la Ley 737, de Contrataciones Administrativas del Sector Público.
En Guatemala la inmensa mayoría de las compras del Estado se realizan por compra directa o por excepción, burlando los principios de sana competencia y transparencia administrativa.
Las compras fraccionadas camufladas como compras directas y un uso excesivo de la compra por excepción, son normas en la práctica de Ley de Contrataciones por las instituciones del Estado guatemalteco, aseguró una investigación de ElPeriodico.com.gt.