Para darle la oportunidad a personas naturales y jurídicas de ponerse al día con esta obligación interrumpida por la pandemia, las autoridades extendieron hasta el 17 de julio el plazo para declarar el pago del Impuesto sobre la Renta.
El término para cancelar este compromiso con el Estado panameño venció el 31 de marzo de 2020, y se le añadió una prórroga hasta el 30 de mayo, dadas las circunstancias con las afectaciones del covid19, las dificultades que presentan muchas empresas y el tiempo que necesitan los contadores públicos para presentar dichas declaraciones, explicaron los representantes de la Dirección General de Ingresos (DGI).
Mientras dure el estado de emergencia sanitaria en el país, los contribuyentes que no puedan utilizar equipos fiscales y sistemas de facturación por encontrarse cerrados sus comercios u oficinas, serán exentos del uso de éstas herramientas.
A raíz de la propagación del covid19 la Dirección General de Ingresos (DGI) explicó que los negocios podrán dejar de usar los equipos fiscales y sistemas de facturación, sin embargo, estos contribuyentes tienen la obligación de documentar sus operaciones mediante reportes equivalentes como facturas manuales o pre-impresas, cumpliendo así con las formalidades establecidas por ley.
Extensión de los plazos para el pago de impuestos y la flexibilidad en la presentación de las declaraciones de renta de personas físicas y jurídicas, son algunas de las medidas que aplicarán las autoridades en el contexto de la crisis del covid19.
Sin detallar los nuevos plazos que serán exigidos a los contribuyentes, el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) informó que las medidas están contenidas en el Decreto Ejecutivo 252 del 24 de marzo.
A raíz de los efectos económicos que causará el brote de covid-19 en la Asamblea Nacional proponen la suspensión generalizada por tres meses del pago de tributos, servicios básicos y créditos bancarios, pero los empresarios opinan que no es conveniente generalizar las medidas.
En la Asamblea Nacional avanza el proyecto de Ley No. 390, que propone la suspensión de los pagos y cobros de impuestos, cuotas de seguridad social, préstamos hipotecarios, comerciales y agropecuarios.
La Asamblea Nacional de Panamá aprobó en segundo debate el proyecto de Ley que extiende el período de amnistía tributaria hasta el 30 de junio de 2020.
La iniciativa propone que se reconozca hasta el 85% de la totalidad de los intereses, recargas y multas si el pago se realiza posterior al 29 de febrero de 2020 hasta el 30 de junio del mismo año, a fin de que los contribuyentes procedan a realizar sus pagos o abonos correspondientes.
Ante la emergencia que deriva de la propagación del covid-19, presentaron ante la Asamblea un proyecto de ley que propone suspender por 90 días calendario el pago de tributos municipales y nacionales.
La iniciativa establece también la suspensión por 90 días el pago de luz eléctrica y agua potable, así como los préstamos hipotecarios y personales entre otros, informó la Asamblea Nacional.
Autoridades panameñas anunciaron que a partir de septiembre de 2020, comenzará a intercambiar información financiera de manera automática con el país sudamericano.
Las negociaciones entre ambos países iniciaron en 2019 y en las reuniones técnicas se acordaron los mecanismos que se utilizarán para transferir en doble vía la información de manera automática.
La Asamblea Legislativa aprobó en segundo debate un proyecto de ley que tiene como objetivo gravar en el país la venta y autoconsumo de cemento importado o producido a nivel local.
La iniciativa que a mediados de febrero fue aprobada en primer debate en la Asamblea y que aún está pendiente del aval del Poder Ejecutivo, establece que elimpuestoserá sobre elcementoimportado y producido a nivel nacional, en bolsa o a granel, para venta o autoconsumo, de cualquier tipo, cuyo destino sea el consumo y comercialización del producto a nivel nacional.
Autoridades locales anunciaron que desde el 7 de marzo los vehículos de transporte de carga que transiten por el país y que viajen desde Costa Rica, ya no pagarán $50 en las aduanas nicaragüenses.
El país centroamericano fue excluido de la lista que elabora Rusia de naciones que no intercambian información con fines fiscales, en la que figuraba desde 2016.
El anuncio de confirmación lo dio el vicecanciller ruso, Sergei Riabkov, durante la presentación de las credenciales del nuevo embajador de Panamá ante la Federación de Rusia, Efraín Villarreal, informó la Cancillería de panameña.
Hasta el 13 de enero de 2020 podrá presentarse en Panamá la Declaración Jurada de Liquidación del Impuesto Selectivo al Consumo de Bebidas Gaseosas, correspondiente al mes de noviembre de 2019.
La Ley 114 del 18 de noviembre de 2019, la cual entró en vigencia el 19 de noviembre de 2019, establece una nueva tarifa del Impuesto Selectivo al Consumo de Gaseosas, razón por la cual se modificó el sistema e-Tax 2.0.
El gobierno francés informó que quitó a Guatemala de la lista de países que no colaboran con el intercambio de información fiscal, pero mantuvo a Panamá.
Las autoridades del país europeo informaron que Guatemala salió de la lista debido a que ratificó la convención sobre asistencia administrativa mutua en materia fiscal del Consejo de Europa y de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE).
En Panamá se sancionó un proyecto de ley que otorgará exenciones fiscales hasta el 2025 a quienes realicen inversiones en hoteles y en actividades de recreación.
El presidente Cortizo sancionó el pasado 31 de diciembre el proyecto de ley que brinda incentivos fiscales al sector turístico mediante la modificación de algunos de la Ley 80 del 8 de noviembre de 2012.
Se firmó un acuerdo para crear un grupo de trabajo sobre cooperación en transparencia fiscal y financiera, con el objetivo d sacar a Panamá de la lista francesa de países no cooperadores en materia fiscal.
El Ministerio de Economía y Finanzas de Panamá informó que el grupo de trabajo contribuirá al fortalecimiento de la cooperación, a mejorar el intercambio de información de carácter fiscal, promover la transparencia financiera y la lucha contra el lavado de dinero, enfocándose en buscar mecanismos y prácticas más eficientes para el intercambio de información para fines fiscales, dentro del marco de lo establecido en los convenios tributarios vigentes entre las partes, incluyendo todos los aspectos del proceso, desde la elaboración y envío, hasta la recepción y respuesta de las solicitudes de intercambio de información.
Los industriales panameños consideran que el enfoque bajo el cual fue definido el nuevo impuesto de 7% a las bebidas gaseosas y 5% a las demás bebidas azucaradas, emplea medidas fiscales discriminatorias.
El 18 de noviembre se publicó en la Gaceta Oficial la Ley 114, denominada "Que crea el Plan de Acción para Mejorar la Salud y dicta otras disposiciones para establecer el impuesto selectivo al consumo de bebidas azucaradas y los criterios para su uso", el cual estipula un impuesto de 7% a las bebidas gaseosas, 5% para el resto de bebidas azucaradas y 10% para los jarabes, siropes y concentrados para la producción de bebidas azucaradas.