Se publicó en La Gaceta el oficio que obliga a todas las entidades del sistema financiero del país a entregar al fisco la información de las cuentas bancarias de todos sus clientes extanjeros.
"Que a efecto de que la Administración Tributaria pueda cumplir con la implementación de esta modalidad de intercambio de información, se considera necesario establecer las definiciones, las obligaciones generales para reportar la información, los procedimientos de debida diligencia para las cuentas de personas físicas y jurídicas así como las condiciones y los plazos de cumplimiento que deben acatar las entidades obligadas a suministrar la información, además de la aplicación efectiva referida a las cuentas financieras conforme lo establece el CRS y sus comentarios", explica el documento.
Germán Morales, socio director de Grant Thornton Costa Rica, explicó a Nacion.com que "... el bando debe informar, en cada diciembre, de cuánto es el saldo de la cuenta corriente que la persona extranjera tiene aquí. Se pretende que se recíproco, por ejemplo, si un tico abre una cuenta en México, desde allá se informa. Entonces, Tributación tendrá tendrá las cuentas corrientes de los costarricenses en el extranjero."
Morales añadió que "... El banco debe informar, en cada diciembre, de cuánto es el saldo de la cuenta corriente que la persona extranjera tiene aquí".
Estas nuevas obligaciones surgen luego que el Gobierno de Costa Rica, mediante la adhesión a la Declaración sobre el Intercambio Automático de Información en Materia Fiscal de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), se comprometiera a implementar el Intercambio Automático de Información correspondiente a las cuentas financieras, denominado Estándar de Reporte Común o “Common Reporting Standard.
Desde el 17 de julio entró en vigencia el acuerdo entre República Dominicana y Estados Unidos, para el intercambio de información de cuentas bancarias reportables.
Las entidades financieras dominicanas deberán identificar las cuentas de personas físicas, jurídicas u otras entidades especializadas como los fideicomisos estadounidenses, para remitir las informaciones pertinentes al Servicio de Impuestos Internos de Estados Unidos (IRS), desglosando sus movimientos, cuentas, recibos y otras operaciones, informó el gobierno de República Dominicana.
Hasta el 31 de Julio hay plazo para que las instituciones financieras presenten los reportes correspondientes al 2017.
Del informe del Ministerio de Economía y Finanzas:
25 de Abril 2018. La Dirección General de Ingresos (DGI) informa a las instituciones financieras que, en virtud de la Ley N° 51 de 27 de octubre de 2016, la Ley N° 47 del 24 de octubre de 2016 y el Decreto Ejecutivo N° 124 del 12 de mayo de 2017 (modificado por el Decreto 461 de 26 de diciembre de 2017), el portal DGI para FATCA & AEOI ya se encuentra habilitado para reportes FATCA correspondientes a la información del año 2017.
La OCDE otorgó la nota general de "Cumplido en gran parte", pero señaló que no existe un registro consolidado que documente todos los fideicomisos constituidos, así como los fondos administrados por esta vía.
Del comunicado del Ministerio de Hacienda de Costa Rica:
Como “Parcialmente Cumplido” calificó la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) el trabajo que ha venido realizando el país, para cumplir los estándares internacionales establecidos por esta Organización en materia de transparencia e intercambio de información tributaria.
Los bancos de Costa Rica deberán proporcionar directamente al Instituto Costarricense sobre Drogas la información bancaria de clientes, cuando esa oficina lo solicite.
Las entidades financieras deberán entregar datos bancarios de personas a la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) a solicitud de ésta, según estipula un decreto ejecutivo. La UIF es un departamento del Instituto Costarricense sobre Drogas (ICD).
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