Panamá: Nuevas reglas para transporte de carga

La nueva ley establece los requisitos que deben cumplir las empresas que brinden servicios de transporte de carga y los tipos de vehículos que pueden utilizarse, entre otros aspectos.

Jueves 13 de Julio de 2017

De la ley publicada en el diario oficial La Gaceta:

Artículo 1. Esta Ley establece el marco legal, organizacional y técnico en materia de transporte de carga que circula por las carreteras en la República de Panamá y promueve condiciones que incentiven la productividad y eficiencia del transporte de carga terrestre, así como la competitividad del país, dentro del marco de iniciativas públicas y privadas para convertir a la República de Panamá en un centro logístico a nivel internacional.

El transporte de carga terrestre es un servicio privado considerado de interés público y, en consecuencia, le resultan aplicables las garantías y regulaciones constitucionales y legales para tales efectos. El Estado establecerá los lineamientos de la estrategia nacional logística vigente en concordancia con los acuerdos y tratados internacionales suscritos por la República de Panamá.

Artículo 2. 
La presente Ley se aplicará a la actividad de transporte de carga terrestre, a los vehículos automotores o combinación de ellos, que circulen por las carreteras de la República de Panamá, tanto a lo referente a sus pesos dimensiones como a los requerimientos a cumplir para el transporte de materiales peligrosos, mercancía perecedera, mercancía de temperatura controlada, productos agropecuarios y las restricciones en las operaciones de carga, descarga y traslado de productos en la red vial, por lo que se regulará lo siguiente:

1. El transporte de carga por carretera y la circulación de los vehículos que presten el servicio de transporte de carga por carretera, tanto de origen y destino nacional (carga de cabotaje) como de la carga internacional en tránsito con origen o destino internacional, en concordancia con los acuerdos internacionales suscritos por la República de Panamá.
2. La competencia de las autoridades administrativas del área de carga por carretera.
3. El otorgamiento de permisos especiales de operación para la ejecución de los servicios de transporte de carga por carretera.
4. Las rutas e itinerarios para el transporte de carga por carretera, con excepción de las rutas y plazos fiscales, las cuales serán reguladas por la legislación aduanera correspondiente.
5. Los estacionamientos, terminales de carga y demás lugares de acceso público, con excepción de las terminales o centros de acopio de carga sujeta a operaciones bajo el control aduanero.
6. El transporte por carretera de mercancías, materiales y maquinarias, especialmente las peligrosas, perecederas y de temperatura controlada.
7. Las infracciones derivadas de esta Ley y su reglamento, las sanciones aplicables con ocasión de estas infracciones y los recursos que contra ellas proceden, sin perjuicio de las que puedan ser derivadas por el incumplimiento del reglamento de tránsito.
8. El peso y las dimensiones de la carga que transportan los vehículos que presten el servicio de transporte de carga por carretera, así como la carga de recolección agrícola y de transporte pecuario y otros tipos de carga determinadas mediante resolución emitida por la Dirección General de Transporte de Carga Terrestre.

Ver ley completa.

¿Busca soluciones de inteligencia comercial para su empresa?

¿Necesita información detallada sobre su sector de negocio?

Solicite más información:









Este sitio está protegido por reCAPTCHA y se aplican la política de privacidad de Google y los términos de servicio.
¿Tiene alguna duda? Llámenos.
(506) 4001-6423


Más sobre este tema

Panamá: En 6 meses en la Unión Aduanera Centroamericana

Abril de 2016

Unifican en un solo documento la normativa aduanera actual e implementan cambios en los procesos para establecer depósitos de mercancía a la orden y en la devolución de los tributos, entre otros.

La aprobación del decreto que integra en un solo documento toda la normativa nacional y el Código Aduanero Uniforme Centroamericano (Cauca) es un de los pasos que faltaba dar hacia la integración total de Panamá en la Unión Aduanera Centroamericana. Se prevé la adhesión al bloque dentro de seis meses.

Nicaragua: Nuevos cobros por revisión en aduanas

Julio de 2014

Aprueban la reforma a la ley de escáner que sustituye la tasa de 0,26% sobre el valor de la mercancía por una tasa fija de $70 para mercancías con valor superior a $2 mil y de $20 para las mercancías valoradas entre $500 y $2 mil.

Las mercancías bajo el régimen de zona franca que sean transportadas vía terrestre o marítima, pagarán $30 y para las transportadas vía aérea la tasa será de $25, mientras que la carga perecedera tendrá una tasa fija de $20.

Nueva Ley Nacional de Aduanas en Guatemala

Noviembre de 2013

El próximo 2 de diciembre entrarán en vigencia las reformas a la ley que regula los procesos para ingreso y egreso de mercaderías al país.

De la nota de prensa publicada en el Diario de Centro América:

El Decreto 14-2013 del Congreso de la República, Ley Nacional de Aduanas, publicado hoy en el Diario de Centro América, cobrará vigencia el próximo 2 de diciembre y entre sus artículos estipula procedimientos y disposiciones complementarias aduaneras, infracciones administrativas y sanciones, con el fin de regular el ingreso y egreso de mercancías a Guatemala.

Ley de transporte de carga en el Salvador

Abril de 2013

El Congreso de El Salvador aprobaría una ley de transporte de carga por carretera, regulando permisos, rutas, itinerarios, estacionamientos, peso y dimensiones de los vehículos.

El texto actual del proyecto, próximo a ser aprobado por la Comisión de Obras Públicas, no incluye la exigencia de seguro obligatorio para terceros.

ok