La Superintendencia de Bancos de Panamá trabaja en un anteproyecto para modificar la Ley de Fideicomisos que regula el negocio fiduciario en el país.
Miércoles 21 de Noviembre de 2012
Del artículo de Manuel Castillo, de la Superintendencia de Bancos de Panamá:
La Ley 1 de 5 de enero de 1984 que regula el negocio fiduciario en la República de Panamá, define el fideicomiso como un acto jurídico en virtud del cual una persona llamada fideicomitente transfiere bienes a una persona llamada fiduciario para que los administre o disponga de ellos en favor de un fideicomisario o beneficiario, que puede ser el propio fideicomitente.
Los fideicomisos constituidos de acuerdo con las leyes de la República de Panamá se regirán por la ley panameña. Sin embargo, podrán sujetarse en su ejecución a una ley extranjera si así lo dispone el instrumento del fideicomiso.
Igualmente, el fideicomiso, así como los bienes del mismo, podrán trasladarse o someterse a las leyes o jurisdicción de otro país, según lo dispuesto en el instrumento de fideicomiso.
Panamá cuenta con 68 empresas fiduciarias, de las cuales 2 son bancos oficiales, 28 bancos privados, 14 relacionadas a firmas de abogados, 2 a compañías de seguros y 22 a otras empresas fiduciarias.
La Superintendencia de Bancos de Panamá es la entidad encargada de velar por el adecuado funcionamiento del negocio fiduciario y lleva a cabo la tarea de una supervisión fiduciaria enfocada a obtener resultados óptimos y positivos que incentiven el buen desenvolvimiento del sector.
Actualmente, la Superintendencia de Bancos de Panamá se encuentra en etapa de revisión del borrador de anteproyecto de Ley de Fideicomisos con la finalidad de actualizar el marco legal y regulatorio y fortalecer la facultad de la Superintendencia en cuanto a la capacidad de regulación y supervisión. De esta manera se busca con ello generar mayor confianza para promover tanto a nivel nacional como internacional el negocio de fideicomiso, lo que coadyuvaría a que Panamá se consolide como un centro fiduciario internacional.
Las modificaciones persiguen igualmente promover el profesionalismo y especialización en el sector, de manera que nuestro centro fiduciario esté alineado con los estándares internacionales actuales. Las modificaciones también buscan otorgar facultades a la Superintendencia para reglamentar el negocio fiduciario y definir claramente las responsabilidades y obligaciones de las entidades fiduciarias en nuestro país.
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El proyecto de ley aprobado por la Asamblea establece quiénes y cómo podrán obtener la licencia fiduciaria, y los procedimientos a seguir para fusionar o modificar fideicomisos.
La ley establece nuevos parámetros para las empresas de cumplimiento, el fortalecimiento de la Intendencia de Supervisión y Regulación de Sujetos No Financieros, el otorgamiento, a la Superintendencia de Bancos de Panamá, de responsabilidades de supervisión de otros sujetos financieros, entre otros aspectos contemplados en la iniciativa. Además, el proyecto de Ley 412 propone el establecimiento de una plataforma legal para promover el mercado local.
Las autoridades financieras de Panamá analizan establecer una tasa de regulación y supervisión, y modificar aspectos como requisitos de licencia para ejercer el negocio y montos mínimos de capital requeridos para operar.
Los ajustes que se proyectan realizar se dividen en dos grandes áreas: las funciones de regulación y supervisión y los ajustes legales del propio negocio de fideicomiso, que incluyen temas como las facultades y competencias privativas de la Superintendencia de Bancos de Panamá para regular y supervisar a las empresas fiduciarias y al negocio de fideicomiso.
Deducir los intereses del impuesto sobre la renta y aumentar el monto de capital requerido a las fiduciarias son parte de los cambios propuestos.
La Superintendencia de Bancos de Panamá (SBP) junto con algunas entidades fiduciarias discuten un borrador para un proyecto de ley que modifique la Ley 1 del 5 de enero de 1984 de fideicomisos y que esta se ajuste a estándares internacionales.