Luego de atender la objeción hecha por el Ejecutivo al proyecto aprobado en octubre de 2019, la Asamblea procedió a darle el aval a la ley que establece los derechos y responsabilidades de los empleadores y trabajadores que en el país recurran a la modalidad de teletrabajo.
23 de Enero de 2020.El pleno de la Asamblea Nacional acogió la objeción hecha por el Ejecutivo y aprobó, en tercer debate, el proyecto de Ley 76, que establece y regula la modalidad del teletrabajo. La normativa, producto de la iniciativa del diputado Raúl Fernández, fue objetada específicamente el artículo 24, ya que se consideró contrario al precepto 276 de la Constitución Nacional en el que se establece que la Asamblea Nacional no podrá expedir leyes que deroguen o modifiquen ingresos en el Presupuesto, sin que al mismo tiempo haya una renta sustitutiva.
En el informe elaborado, previamente, por la Comisión de Gobierno se acordó tomar el señalamiento presidencial y se procedió a eliminar ese artículo, razón por la cual se supera la objeción parcial por inexiquibilidad.
De acuerdo con el Proyecto de Ley 76, se define el Teletrabajo: forma de organización y/o de realización del trabajo a distancia efectuado por una persona de manera parcial o completa en lugares distintos al establecimiento o establecimientos del empleador, incluyendo su propio domicilio, ejecutando sus labores por medio de tecnología de la información y de las telecomunicaciones.
La Asamblea Nacional aprobó en tercer debate el proyecto que establece los derechos y responsabilidades de los empleadores y trabajadores que en el país recurran a la modalidad de teletrabajo.
En Panamá la modalidad de trabajo estará sujeto a la discrecionalidad de las partes y aunque el teletrabajador puede desarrollar sus labores desde su residencia, no impide que en determinado momento la empresa pueda solicitar la presencia en su oficina o centro de trabajo, estable el artículo 1 de la ley aprobada.
Fue presentada una propuesta de ley que establece los derechos y responsabilidades de los empleadores y trabajadores que en el país recurran a la modalidad de teletrabajo.
Para regular la nueva tendencia laboral de Teletrabajo en nuestro país, la Comisión de Trabajo recibió el anteproyecto de ley No. 125 propuesto por el diputado Raúl Fernández, informó la Asamble Nacional.
En segundo debate fue aprobado el proyecto de Ley para regular el teletrabajo, con el objetivo de promover esta modalidad de trabajo para potenciar la generación de empleo en el país.
Según la propuesta de ley aprobada, para establecer una relación de teletrabajo, la persona empleadora y la persona teletrabajadora deberán suscribir un contrato de teletrabajo, el cual se sujete a la ley y a las demás disposiciones que norman el empleo en Costa Rica, informó la Asamblea Legislativa.
El sector empresarial celebra la aprobación del proyecto de ley en primer debate, y aseguran que "su implementación traerá ahorros significativos a los empleados y las empresas".
Con 52 votos a favor y cero en contra el Plenario Legislativo, aprobó en su trámite de primer debate, el expediente 21.141 Ley Para Regular El Teletrabajo, que pretende regular esta actividad como un instrumento para generar empleo, informó el 30 de julio la Asamblea Legislativa.
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