Exoneran multas, intereses y sanciones en Guatemala

La amnistía incluye a quienes deben impuestos de períodos fiscales anteriores al 1º de enero de 2012.

Viernes 28 de Junio de 2013

El artículo de S21.com.gt reseña que “esta medida es el complemento de la condonación del 10% en pagos de impuestos y reducción del 50% del de circulación”.

“Estaba claro que se tenía que acordar la exoneración. Casi siempre una ley produce la necesidad de un acuerdo gubernativo. Se calcula que se tienen $77 millones de impuestos adeudados, de los cuales, el 65% corresponde al Impuesto Sobre la Renta. En total, un 80% de los morosos podría aprovechar a pagar”, explicó el jerarca de Finanzas, Pavel Centeno, quien aclaró que esas exoneraciones son aplicables a todos los impuestos, menos al IVA y a las retenciones.

La exención aprobada por el presidente Otto Pérez será del 95% de multas e intereses o recargos a los contribuyentes que utilicen la medida en los primeros dos meses de vigencia de la Ley de Regularización Tributaria y 90% para quienes cancelen en el tercer mes.

Por su parte, el intendente de Recaudación de la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT), Omar Franco, explicó que el contribuyente deberá acceder al portal web de la SAT para realizar su Autoliquidación, ingresando su número de NIT, luego el número de formulario y al dar click en Autoliquidación el sistema hará el descuento y dará el monto a cancelar.

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Del Acuerdo Gubernativo Número 174-2014 publicado en el Diario de Centroamérica:

“Artículo 7. Transitorio.

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