Aunque aun falta la reglamentación, la Ley 741 sobre el contrato de fideicomiso va a permitir hacer nuevas formas de negocios en Nicaragua.
Jueves 17 de Noviembre de 2011
La Ley 741 sobre el contrato de fideicomiso fue aprobada por la Asamblea el 4 de noviembre de 2010, y publicada en La Gaceta el 19 de enero de 2011.
El artículo de Gisella Canales en Laprensa.com.ni, reseña que la firma internacional KPMG, que ofrece servicios de auditoría, impuestos y asesoría, "inició un ciclo de estudios sobre el uso de fideicomisos en Nicaragua, con el propósito de promover la utilización de esa figura legal como instrumento generador de negocios."
"A criterio de Víctor Pérez, de KPMG México, “Nicaragua acaba de dar un paso importante” con la aprobación de la ley, pues refiere que en su país los fideicomisos han permitido realizar inversiones y negocios con seguridad y transparencia, particularmente en proyectos de infraestructura."
"Jony Afú Batista, de KPMG Panamá, mencionó que en su país se emplean fideicomisos en el área bursátil y hasta para garantizar el pago de cesantías de los trabajadores, ejemplos que podría retomar Nicaragua."
En Nicaragua la ley define al fideicomiso como "una operación en virtud de la cual el fideicomitente transmite la titularidad sobre un bien o conjunto de bienes o derechos determinados al fiduciario, quien se obliga a administrarlos a favor del beneficiario y transmitirlos al fideicomisario o al fideicomitente cuando se cumpla con un plazo, condición u otra causa de extinción de la obligación”
El proyecto de ley aprobado por la Asamblea establece quiénes y cómo podrán obtener la licencia fiduciaria, y los procedimientos a seguir para fusionar o modificar fideicomisos.
La ley establece nuevos parámetros para las empresas de cumplimiento, el fortalecimiento de la Intendencia de Supervisión y Regulación de Sujetos No Financieros, el otorgamiento, a la Superintendencia de Bancos de Panamá, de responsabilidades de supervisión de otros sujetos financieros, entre otros aspectos contemplados en la iniciativa. Además, el proyecto de Ley 412 propone el establecimiento de una plataforma legal para promover el mercado local.
La Asociación Bancaria Costarricense señala que las fiduciarias están autorizadas a realizar remates extrajudiciales de bienes en fideicomiso de garantía.
Del comunicado de la Asociación Bancaria Costarricense (ABC):
ABC asegura que fideicomiso de garantía es un instrumento legal
La Superintendencia de Bancos de Panamá trabaja en un anteproyecto para modificar la Ley de Fideicomisos que regula el negocio fiduciario en el país.
Del artículo de Manuel Castillo, de la Superintendencia de Bancos de Panamá:
La Ley 1 de 5 de enero de 1984 que regula el negocio fiduciario en la República de Panamá, define el fideicomiso como un acto jurídico en virtud del cual una persona llamada fideicomitente transfiere bienes a una persona llamada fiduciario para que los administre o disponga de ellos en favor de un fideicomisario o beneficiario, que puede ser el propio fideicomitente.
Según estadísticas de la Superintendencia de Bancos de Panamá, el negocio de los fidecomisos alcanzó los $7.760 millones en activos.
A finales del 2009, la mayor cantidad de estos activos se encontraban concentrados en empresas representadas por los bancos, con un total de $4.948 millones, seguidos por las firmas de abogados con $1.262 millones, las compañías de seguros con $50 millones y el resto en otras empresas ($1.500 millones).