El Salvador: Aprueban reforma a ley contra lavado de dinero
La aprobación de la norma era requisito impuesto por EE.UU. para la financiación del programa Fomilenio II.
Viernes 6 de Diciembre de 2013
De la nota de prensa de la Asamblea Legislativa de El Salvador:
El Pleno Legislativo aprobó con 83 votos un pliego de reformas a la Ley Contra el Lavado de Dinero y de Activos, que aseguran que la normativa legal de El Salvador, esté conforme a los Estándares Internacionales sobre la lucha contra el lavado de dinero y de activos, el financiamiento del terrorismo, crimen organizado, el narcotráfico y cualquiera de sus variantes. Con la aprobación de dichas modificaciones, también se han acatado las recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI).
A partir de las reformas, los sujetos de aplicación de la Ley, serán las personas naturales, nacionales o extranjeras y toda persona jurídica legalmente inscrita bajo las Leyes de la República de El Salvador o que estén registrados legalmente en otros países, tengan estos relaciones diplomáticas o no con el país. Además quedan sujetas a dicha Ley, todas las organizaciones que desarrollen actividades legales o formales en cualquier actividad comercial, financiera, inversión, desarrollo, política, deportiva, de asistencia social o socorro con arraigo nacional o extranjera y toda otra que por su actividad genere ganancias, bienes o beneficios de fondos cuyo origen sea ilícito, las cuales deben cumplir con las obligaciones establecidas en dicha Ley.
La lista de sujetos incluye a los Partidos Políticos, jueces, fiscales, personal administrativo de justicia, empresas de medios de comunicación de cualquier modalidad, así como también a los bancos, bolsas de valores, sociedades emisoras de tarjetas de crédito, industria hotelera, organizaciones no gubernamentales, cualquier institución privada o de economía mixta, las operadoras telefónicas que realizan transferencias sistemáticas o sustanciales de fondos, entre otros.
Las personas o instituciones incluidas en el listado, estarán obligadas a partir de las reformas, a informar por escrito a la Unidad de Investigación Financiera (UIF) de la Fiscalía General de la República, de cualquier operación o transacción de efectivo y/o cualquier otro medio, que realicen los usuarios o clientes y que en un mismo día, exceda a la cantidad de $10 mil o su equivalente en cualquier otra moneda, independientemente se considere sospechosa o no.
Asimismo, se establece que los bancos e instituciones financieras, casas de cambio y bursátiles, adoptaran políticas, reglas y mecanismos de conducta que observen sus administradores, funcionarios y empleados, consistentes en: Conocer adecuadamente la actividad económica que desarrollan sus clientes, su magnitud, frecuencia, características básicas de las transacciones en que se involucran con frecuencia y en particular, la de quienes efectúan cualquier tipo de depósito a la vista, a plazos, cuentas de ahorros y otros que establece la Ley.
¿Busca soluciones de inteligencia comercial para su empresa?
Solicitan que la ley contra el lavado de dinero y activos cumpla con estándares internacionales, requisito exigido para obtener los fondos del FOMILENIO II.
La Fundación Salvadoreña para el Desarrollo Económico y Social (FUSADES) solicita que la Asamblea Legislativa tome en cuenta las reformas que recomienda el Grupo de Acción Financiera del Caribe (Gafic) en la Ley contra el Lavado de Dinero y de Activos, ya que es un requisito que exige el gobierno de Estados Unidos para liberar los fondos del FOMILENIO II.
El Presidente Funes sancionó la Ley contra Lavado de Dinero y Activos sin observar la falta de controles especiales para las Personas Expuestas Políticamente.
El control especial a las Personas Expuestas Políticamente (PEP), fue una de las de las reformas que quedó fuera, ya que los diputados no la aprobaron y el mandatario, Mauricio Funes no la sugirió a pesar de que esta era una recomendación del Grupo de Acción Financiera del Caribe (GAFIC).
Las reformas a la ley aprobadas recientemente continúan siendo deficientes al no incluir regulaciones como el control especial a Personas Expuestas Políticamente.
De la nota de prensa de la Fundación Salvadoreña para el Desarrollo Económico y Social (Fusades):
La norma permite al Estado incautar los bienes originados en ilícitos relacionados con fraude fiscal, lavado de dinero, narcotráfico o crimen organizado.
El Congreso salvadoreño también acordó sumar los delitos de defraudación a la hacienda pública y actos de corrupción a la Ley Especial de Extinción de Dominio y de la Administración de los Bienes de Origen o Destinación Ilícita.