Créditos en Panamá: Moratoria por 90 días

La Asamblea Nacional aprobó en tercer debate un proyecto de ley que concede a los deudores una prórroga de 90 días en el pago de créditos otorgados por instituciones bancarias, cooperativas y financieras.

Martes 7 de Abril de 2020

De acuerdo a la ley que debe ser sancionada o vetada por el presidente Cortizo, una vez concluido el término de la moratoria fijada en esta ley, los acreedores en común acuerdo con el deudor deben pactar las condiciones para que la deuda dejada de pagar sea prorrateada, para pagarse en un período de 24 meses.

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Del comunicado de la Asamblea Nacional:

El pleno de la Asamblea Nacional aprobó en tercer debate el proyecto de Ley 287, mediante el cual se otorga una prórroga de 90 días en el pago de las obligaciones  en materia de préstanos hipotecarios, personales y comerciales a jubilados y tarjetas de créditos, otorgados por instituciones bancarias, cooperativas y financieras.
 
La iniciativa beneficia a personas del sector público y privado, que hayan sido afectadas en sus ingresos por la pandemia del coronavirus.
 
En estas medidas se incluyen los préstamos al sector transporte y préstamos prendarios; también se consideró en este proyecto el cobro de cánones de arrendamiento de oficinas, locales, comerciales y habitacionales.
 
La norma establece que, una vez concluido el término de la moratoria fijada en esta ley, los acreedores en común acuerdo con el deudor deben ponerse de acuerdo para que la deuda dejada de pagar sea prorrateada, para pagarse en un período de 24 meses, sin que esto conlleve el cobro de intereses, recargo por mora o cualquier otro pago en concepto de gastos administrativos, ni afectaciones en su referencia de crédito.
 
El documento señala que, el bono solidario que se entregue a las personas que se vieron afectadas será a razón del costo de la canasta básica familiar.

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