Flexibilizan créditos en Nicaragua

Debido a la crisis, la Superintendencia de Bancos emitió el 22 de junio una normativa temporal para que las entidades financieras flexibilicen las condiciones crediticias aplicadas a los deudores.

Miércoles 24 de Junio de 2020

La normativa es aplicable a bancos y financieras que hayan otorgado préstamos de vehículos, personales, hipotecarios para vivienda, microcréditos, pymes, agrícolas, ganaderos, industriales, comerciales y para las tarjetas de créditos.

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Respecto a los deudores que pueden aplicar a los alivios temporales, reseña Laprensa.com.ni que "... solamente aquellos clientes que hasta el 31 de marzo de este año eran clasificados por los bancos o financieras como A y B, que estuvieran registrados como créditos vigentes, prorrogados o reestructurados".

Añade el artículo que la Superintendencia de Bancos "... permitirá a los bancos y financieras ampliar el plazo de pago de los créditos vigentes hasta el 31 de marzo que se encontraban bajo la clasificación A y B. Además una vez que se haga la modificación del contrato del préstamo el deudor mantendrá su clasificación establecida hasta el 31 de marzo, lo cual favorece a su récord crediticio".

La normativa emitida en el contexto de la propagación del covid19, deja a criterio de las entidades financieras la opción de otorgar al cliente un período de gracia de hasta seis meses según la ampliación del nuevo lapso del pago de la deuda.

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