¡Qué diferencia hace un buen asesor fiscal!

En promedio en Costa Rica no pagan impuestos más de la quinta parte de las empresas catalogadas como Grandes Contribuyentes.

Viernes 20 de Noviembre de 2015

COMENTARIO EDITORIAL:
Cuando el fisco no cumple a cabalidad sus funciones, la competencia entre las empresas no se dirime tanto por la calidad de sus productos o servicios, o por la excelencia de sus cuadros gerenciales y de su dirección estratégica, como por la habilidad de sus asesores fiscales para reducir el monto de los impuestos a pagar.


Del comunicado de la Contraloría General de la República:

22% de grandes contribuyentes declararon cero impuesto de utilidades

El Área de Fiscalización del Sistema de Administración Financiera emitió el informe DFOE-SAF-IF-04-2015 sobre la gestión de la Dirección de Grandes Contribuyentes Nacionales de la Dirección General de Tributación del Ministerio de Hacienda, sobre la fiscalización y recaudación de los impuestos sobre las utilidades y ventas, en los periodos fiscales del 2010 al 2014.

En términos de recaudación tributaria, el grupo de Grandes Contribuyentes aportó en promedio el 70% del total de ingresos tributarios internos del Gobierno Central en el periodo de estudio. La adecuada gestión que realice la Administración Tributaria sobre este grupo de contribuyentes debe ser eficaz, para garantizar que la fiscalización y la recaudación den un rédito acorde con su capacidad económica.

Resumen general de hallazgos

• En promedio, 93 Grandes Contribuyentes (22% del total) declararon cero impuesto de utilidades (no pagaron impuesto en su oportunidad), a pesar de que mostraron una capacidad económica importante, ya que declararon en conjunto montos de ingresos brutos por ¢3,0 billones y de activos totales por ¢6,7 billones en promedio por año.

• Un porcentaje importante de actuaciones de fiscalización programadas no se ejecutó (35% en promedio en el impuesto a las utilidades y el 15% en ventas en el periodo 2010-2014).

• El porcentaje de regularización (ingresos que se perciben al finalizar el procedimiento de fiscalización) fue bajo (2,9% en utilidades para el periodo 2010-2012 y 13,3% en ventas para el periodo 2010-2014), y la cantidad de actuaciones de fiscalización en las que no se determinó diferencia de impuesto aumentó en el periodo de estudio.

• Una situación que está afectando la eventual recuperación o recaudación, es la acción de inconstitucionalidad interpuesta desde agosto de 2014, contra el artículo 144 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, y que se encuentra pendiente de resolución, lo que ha detenido el dictado de actos finales en los procedimientos de fiscalización de la DGT, para el eventual cobro de los impuestos respectivos. Al cierre de 2014, se habían determinado impuestos por cobrar por ¢37.895 millones (incluyendo intereses y sanciones), y estos montos han venido aumentando de manera importante con el transcurso del tiempo.

• El tiempo de resolución de los casos de controversias tributarias en el Tribunal Fiscal Administrativo continúa siendo muy amplio (17 meses en promedio, según estudio de CGR de 2014), lo que junto a debilidades en el cobro judicial, incide también en la eventual recuperación oportuna de impuestos determinados por sumas muy importantes.

• La Dirección de Grandes Contribuyentes carece de un sistema de información automatizado e integrado para la planificación y control del proceso de fiscalización, y requiere mejorar el desarrollo de las funciones de determinación de riesgo fiscal e inteligencia tributaria, y la idoneidad profesional y capacitación del recurso humano.

Disposiciones de la CGR

Al Director General de Tributación y al Ministro de Hacienda una serie de disposiciones para que se solventen las situaciones señaladas en este informe. Dichas disposiciones serán objeto de seguimiento por parte de la CGR.

Ver informe completo

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