Guatemala: Calendario Tributario Marzo 2014

Memorándum fiscal de Tezó y Asociados sobre Estudio de Precios de Transferencia y calendario de pagos de obligaciones correspondiente a Marzo 2014.

Miércoles 5 de Marzo de 2014

Memorándum Tributario 5-14 Febrero 2014

¿Debe disponer de un Estudio de Precios de Transferencia para el año 2013?

Si su empresa importa, exporta, presta servicios, recibe servicios, otorga o recibe financiamiento, entre otros conceptos, con compañías relacionadas radicadas en el extranjero, le aplican las Normas Especiales de Valoración Entre Partes Relacionadas que establecen los artículos del 54 al 67 del Decreto No. 10-2012. El posterior Decreto No. 19-2013 con vigencia a partir del 21 de diciembre de 2013, establece que estas normas quedan suspendidas de su aplicación y vigencia, así como que dichas normas volverán a tomar efecto y aplicación el 1º de enero de 2015. Pero, existe duda respecto a en qué fecha inicia la suspensión de la vigencia de las normas, toda vez que el mismo Decreto No. 19-2013 nos refiere al artículo 7 del Código Tributario y su interpretación nos lleva a concluir que la suspensión tiene inicio el uno de enero de 2014.

En consecuencia, la SAT tiene dos posibilidades, la primera es exigir, cuando aplique, el Estudio de Precios de Transferencia para el año 2013, con base en el Código Tributario. Y la segunda, ser congruente con el compromiso adquirido con el grupo empresarial con quienes discutió y aceptó las reformas al Decreto No. 10-2012, y por lo tanto NO exigir dicho Estudio para el año 2013. Hemos observado que la SAT se está inclinando a no exigir dicho Estudio, como lo evidencia el nuevo formulario de Declaración Jurada Anual del Impuesto Sobre la Renta-ISR-, debido a que únicamente solicita en esa declaración que se responda una de las tres preguntas siguientes: 1. Sí tengo partes relacionadas en el Extranjero y sí realicé operaciones con ellas. 2. Sí tengo partes relacionadas en el extranjero y no realicé operaciones con ellas. Y 3. No tengo partes relacionadas en el extranjero. Lo lógico es que la pregunta uno concretara, si la respuesta es positiva, que se adjunte el Estudio de Precios de Transferencia correspondiente. Por todo esto, se concluye que la SAT no exigirá este estudio para el año 2013, y lo efectuará para el año 2015 en adelante.

Debemos prestarle atención a que el Decreto No. 19-2013 también establece que, no obstante la suspensión de las normas, la Administración Tributaria podrá requerir información respecto al contenido de las normas de Precios de Transferencia, para formar las bases de datos necesarias. Al respecto, creemos que la SAT solicitará información y documentación basada en el artículo 66 del Decreto No. 10-2012, consistente en:

1. Descripción general de la estructura organizativa, jurídica y operativa del grupo, así como cualquier cambio relevante en la misma, incluyendo la identificación de las personas que, dentro del grupo, realicen operaciones que afecten a las del contribuyente.

2. Descripción general de la naturaleza e importe de las operaciones entre las empresas del grupo, en cuanto afecten a las operaciones en que intervenga el contribuyente.

3. Descripción general de las funciones y riesgos de las empresas del grupo, en cuanto queden afectadas por las operaciones realizadas por el contribuyente, incluyendo cualquier cambio respecto del período anterior.

4. Una relación de la titularidad de las patentes, marcas, nombres comerciales y demás activos intangibles en cuanto afecten al contribuyente y a sus operaciones relacionadas, así como el detalle del importe de las contraprestaciones derivadas de su utilización.

5. Una descripción de la política del grupo en materia de precios de transferencia si la hubiera o, en su defecto, la descripción del método o métodos utilizados en las distintas operaciones.

6. Relación de los contratos de prestación de servicios entre partes relacionadas y cualesquiera otros en que el contribuyente sea parte o, que no siéndolo, le afecten directamente.

7. Relación de acuerdos de precios por anticipado que afecten a los miembros del grupo, en relación con las operaciones descritas.

8. Memoria del grupo o informe anual equivalente. Descripción general de la estructura organizativa, jurídica y operativa del grupo, así como cualquier cambio relevante en la misma, incluyendo la identificación de las personas que, dentro del grupo, realicen operaciones que afecten a las del contribuyente.

Considerando que la prórroga en materia de Precios de Transferencia es una muy buena noticia, recomendamos que las Empresas a quienes les aplican estas normas, aprovechen el año 2014 para poder planear y crear sus políticas de Precios de Transferencia. También para que puedan efectuar los ajustes necesarios, a los precios pactados entre partes relacionadas en caso de que estos no observen valores de mercado, y de esta forma poder evitar posibles ajuste fiscales por parte de la SAT.

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Calendario Tributario Marzo 2014 (corresponde a obligaciones generadas en febrero de 2014)

Viernes 14
Retención mensual de ISR a empleados 1331

Viernes 14
Retenciones por rentas de capital inmobiliario y mobiliario (intereses) 1331

Viernes 14
Declaración ISR sobre ingresos de capital inmobiliario y mobiliario (cuando no les retienen) 1321

Viernes 14
Declaración ISR sobre ingresos por ganancias de capital 1321

Viernes 14
Retención ISR a proveedores inscritos en el Régimen Opcional Simplificado 1331

Viernes 14
Declaración ISR inscritos en el Régimen Opcional Simplificado 1311

Viernes 14
Retención ISR por Facturas Especiales 1331

Viernes 14
Retenciones ISR por pagos a no residentes en Guatemala 1351

Viernes 14
Declaración ISR de no residentes en Guatemala (cuando no les retiene) 1371

Jueves 20
Cuotas al IGSS, IRTRA e INTECAP. Electrónico

Viernes 21
Declaración Jurada de retenciones de IVA (Decreto No. 20-2006) 2219

Lunes 31
Declaración a OPA y copia sellada por ésta a la Dirección de Política Industrial, Decreto No. 29-89

Lunes 31
IVA de Facturas Especiales 2085

Lunes 31
Declaración Jurada y pago mensual del IVA. 2237

Lunes 31
Declaración mensual régimen Pequeño Contribuyente 2043 2046

Lunes 31
Declaración anual del ISR (Régimen sobre utilidades y opcional simplificado año 2013) 1411

Lunes 31
Declaración jurada y pago anual, Rentas del trabajo en relación de dependencia. Año 2013 1431

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Del memorándum fiscal de Tezó y Asociados:

Los contribuyentes del Impuesto sobre la Renta- ISR- que durante el año 2015 realizaron operaciones con compañías relacionadas extranjeras, que incluye importaciones, exportaciones, servicios prestados y servicios recibidos tales como servicios de dirección, legales, contables, financieros, técnicos o cualesquiera otros; y estas operaciones tengan efectos en la determinación del ISR a pagar, están obligadas a disponer de un Estudio de Precios de Transferencia – P T-.

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Continuando con nuestros comentarios respecto a si aplican las normas de Precios de Transferencia para el año 2013 como lo desarrollamos en nuestro Memorándum Tributario No. 5-14 con fecha febrero 2014, a continuación reproducimos el anuncio de la Superintendencia de Administración Tributaria-SAT- en Prensa Libre de fecha 12 de marzo de 2014 y en su Boletín Novedades BANCASAT, Edición 490 de fecha 14 de marzo de 2014.

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Estudio de Precios de Transferencia

El objetivo de un Estudio de Precios de Transferencia en Guatemala, es determinar si las transacciones realizadas por una Compañía local durante un ejercicio fiscal del Impuesto sobre la Renta, con sujetos vinculados radicados en el exterior, fueron pactadas y realizadas a precios similares a los establecidos entre partes independientes, que es definido como “Principio de Libre Competencia”, y teniendo en cuenta a tal efecto las normas recién establecidas en el Decreto No. 10-2012, Ley de Impuesto sobre la Renta (Artículos del 54 al 67) y en su Reglamento (Artículos del 37 al 66).

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